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Reclamamos que la Fase II de los Planes de Actuación sea negociada con las organizaciones sindicales


15 ene 2021



Fase II de los Planes de Actuación COVID-19 para medidas de autorrefuerzo y refuerzos externos

EL MINISTERIO DE JUSTICIA NOS DA TRASLADO DEL BORRADOR DE RESOLUCIÓN PARA ESTA SEGUNDA FASE Y NOS DA UN PLAZO DE UNAS POCAS HORAS PARA ALEGACIONES

CCOO y el resto de sindicatos hemos solicitado de forma conjunta la convocatoria inmediata de la mesa de negociación


A las 14.29 horas del día de hoy hemos recibido por correo electrónico un documento sobre la segunda fase del plan de actuación de la Disposición Adicional decimonovena del RDL 11/2020 de 31 de marzo con la petición de que se realizaran observaciones y, en su caso, negociación hasta última hora de la tarde

Lo regulado en este borrador afecta a las condiciones de trabajo del personal, por lo que debe ser objeto de negociación colectiva

Solicitamos por ello de forma conjunta con CSIF, STAJ y UGT la convocatoria de la Mesa de Negociación del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia en los términos recogidos en el Estatuto Básico del Empleado Público y otras disposiciones legales de aplicación. No existe ninguna disposición legal que regule el derecho a la negociación colectiva que permita una negociación consistente en la remisión de un borrador para alegaciones en un plazo de pocas horas, como se hace en este caso

Para dicha negociación el Ministerio tiene que remitirnos la información que CCOO le ha solicitado en reiteradas ocasiones: 

- Datos de carga de trabajo de todos los órganos judiciales de las jurisdicciones social y contencioso-administrativa y de la especialidad mercantil para determinar en qué órganos deben establecerse estos planes de actuación

- Órganos judiciales en los que se implementaron planes de actuación en la Fase I, separando los planes de autorrefuerzo y los de refuerzo externo y evolución de las cargas de trabajo de los mismos desde que dicha fase entró en vigor

- Retribuciones abonadas al personal de los cuerpos generales y de LAJ que han participado en la Fase I, con expresión del cuerpo y órgano afectado

En caso de que la negociación colectiva de este asunto no se atenga a lo establecido legalmente nos reservamos el derecho al ejercicio de las acciones correspondientes que estimemos oportunas. 

EL BORRADOR QUE NOS HA REMITIDO EL MINISTERIO PUEDE VERSE EN ESTE ENLACE
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CCOO reclama al Ministerio de Justicia soluciones urgentes a numerosas cuestiones pendientes


10 dic 2020



Tras la reunión sobre el teletrabajo de la que publicaremos información detallada en las próximas horas

CCOO RECLAMA AL MINISTERIO DE JUSTICIA SOLUCIONES URGENTES A NUMEROSAS CUESTIONES PENDIENTES


1.- CCOO ha denunciado la situación de Salamanca donde el Minerva Virtual sigue sin funcionar, esta misma mañana no ha podido trabajar el 50% del personal y en el CAU no cogían los teléfonos. Esta intolerable situación se viene manteniendo desde hace ya demasiado tiempo. También se vienen produciendo hechos similares en otras provincias

2.- Nombramientos Gestión Promoción Interna.- Tal y como CCOO viene demandando desde hace semanas y ante el retraso de este proceso selectivo, el Ministerio de Justicia informa que espera poder hacerlo antes del 28 de diciembre. Ya tienen la documentación y solicitudes de un 50% aproximadamente de los aprobados y requerirán personalmente y de inmediato al resto para que la presenten

3.- Concurso de traslado de plazas de Mugeju: Tal y como se acordó finalmente en la negociación de las RPT, y como exige CCOO, el Ministerio de Justicia informa que la convocatoria del primer concurso de traslado de plazas vacantes de la Mugeju espera publicarla antes de final de año

4.- Valoración ejercicios procesos selectivos 2015 y 2016 de Tramitación: El Ministerio de Justicia va a requerir a los tribunales para que publiquen los criterios de los primeros ejercicios de Tramitación de anteriores convocatorias, criterio que entiende CCOO que ya debería haberse publicado

5.- Fechas de los ejercicios de Auxilio Judicial. Como muy pronto, los exámenes serán a finales de febrero próximo, si la situación sanitaria lo permite. El Ministerio de Justicia pretende ampliar el número de sedes de 17 a 40, aproximadamente, con presentación en la sede más cercana a la residencia, aceptando parcialmente la demanda insistente de CCOO para garantizar las medidas de seguridad imprescindibles

6.- Fase de concurso de méritos de Tramitación, turno libre: como pronto será a mediados de enero la publicación de las notas provisionales de la fase de concurso

7.- Conversión en plantilla de refuerzos de más de tres años. En cumplimiento del Acuerdo del año pasado se van a evaluar los refuerzos existentes en territorio Ministerio, y, si procede su mantenimiento, se deberán convertir en plantilla obligatoriamente

8.- Dura queja y denuncia de CCOO por los hechos ocurridos en Santa María la Real de Nieva y señalando responsable al Ministerio por incumplir requerimientos similares de vigilante de la Inspección de Trabajo

9.- Solicitud de instrucciones a la Mugeju para que no haya problemas con las vacunas Covid para mutualistas y beneficiarios

10.- Solicitud de información de los datos que han determinado la creación de Juzgados Covid en determinadas sedes y no en otras con mayor carga de trabajo, según los datos publicados por el CGPJ

11.- La Bolsa de LAJ previsiblemente se empiece a negociar este mes

12.- La convocatoria de la OEP 2019 (sin acumular, por ahora, a la de 2020) podría publicarse a partir del mes de abril para Tramitación y de mayo para Gestión

 

CONCURSO DE TRASLADO 2020 DE CUERPOS GENERALES


CONCURSO DE TRASLADOS 2020 DE LOS CUERPOS DE GESTIÓN, TRAMITACIÓN Y AUXILIO JUDICIAL: EL MINISTERIO DE JUSTICIA, cuya fiabilidad es cada vez más dudosa ante los varios anuncios incumplidos, SIGUE RETRASANDO LA PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL. Ahora dice que la publicación se hará en el BOE del día 15 de diciembre

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Informaciones del Ministerio de Justicia y propuestas de CCOO sobre procesos selectivos, plazo de permisos y consolidación de plazas de refuerzo


30 oct 2020



INFORMACIONES DE ÚLTIMA HORA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA SOBRE

- PROCESOS SELECTIVOS DE AUXILIO JUDICIAL, GESTIÓN, TURNO LIBRE LIBRE Y GESTIÓN, PROMOCIÓN INTERNA

- PROPUESTA DE CCOO DE AMPLIACIÓN DE PLAZOS DE LOS PERMISOS Y VACACIONES DE 2020

- CONVERSIÓN EN PLANTILLA DE PLAZAS DE REFUERZO DE MÁS DE TRES AÑOS


1.- PROCESOS SELECTIVOS

 

AUXILIO JUDICIAL

 AVANZA LA PROPUESTA DE CCOO PARA LA AMPLIACIÓN DE SEDES DE EXAMEN DE AUXILIO JUDICIAL Y PARA LA REALIZACIÓN DEL EJERCICIO EN LA SEDE MÁS PRÓXIMA AL DOMICILIO DE LA PERSONA ASPIRANTE

El Ministerio de Justicia atendiendo, al menos en parte, las solicitudes de CCOO nos informa de que en el examen de Auxilio Judicial se está trabajando para permitir que dicho examen se realice en la sede más cercana al domicilio de la persona aspirante, independientemente del ámbito territorial en el que se participe. Para ello, se está identificando el número de aspirantes residentes en cada ámbito.

En base a esos datos se incrementará el número de sedes de examen que se fijarán al menos en cada provincia en que haya un volumen de aspirantes que así lo haga necesario en incluso, dentro de cada provincia, en determinadas grandes poblaciones en que fuese aconsejable.

Una vez hecho este cálculo se darán instrucciones a las CCAA y Gerencias Territoriales para que busquen las aulas (en principio para finales de enero o principios de febrero siempre que la autoridad sanitaria dé el visto bueno) en las localidades que finalmente se fijen como sedes definitivas

 

GESTIÓN - TURNO LIBRE

EL MINISTERIO CONFIRMA LAS FECHAS DE PUBLICACIÓN DE LAS NOTAS DE CATALUÑA Y CCOO REITERAMOS NUESTRAS RECLAMACIONES PARA QUE SE CUBRAN TODAS LAS PLAZAS CONVOCADAS EN TODOS LOS ÁMBITOS TERRITORIALES Y PARA QUE SE ACLARE PÚBLICAMENTE LA AUTOEVALUACIÓN DE MÉRITOS EN LA FASE DE CONCURSO

El Ministerio nos confirma su previsión de que las notas de Cataluña puedan estar publicadas sobre el día 10 u 11 de noviembre.

CCOO hemos vuelto a reiterar al ministerio que el Tribunal Único tiene que hacer público el listado de aspirantes que han superado la fase oposición con la puntuación total de la misma que contenga la suma de los tres ejercicios (base 7.4, párrafo primero de la convocatoria).

Asimismo hemos reiterado desde CCOO que debe sacarse un comunicado aclaratorio de que los únicos méritos que deben ser autoevaluados por la personas aspirantes son los correspondientes al punto B, del apartado I-B del Anexo I de las bases de convocatoria, es decir, los cursos de formación, siendo el resto de méritos constatados de oficio y publicados por el tribunal a efectos de alegaciones, en su caso.

Hemos vuelto a reclamar la convocatoria de la prueba selectiva adicional prevista en el art. 483 de la LOPJ para que puedan cubrirse todas las plazas convocadas, hecho que no se ha producido en varios ámbitos territoriales donde el número de personas aprobadas en el tercer ejercicio ha sido inferior a las plazas de la OEP.

 

GESTIÓN – PROMOCIÓN INTERNA

 CCOO RECLAMA QUE LA ORDEN QUE ADJUDICA LOS DESTINOS SE DICTE CON FECHA DE 2020 A EFECTOS DE LA CONGELACIÓN PARA FUTUROS CONCURSOS DE TRASLADO, PUES QUE EL PROCESO SE HAYA PROLONGADO MÁS DE 16 MESES HASTA HOY NO ES RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS OPOSITORAS

CCOO hemos solicitado al ministerio que la orden que apruebe los destinos de quienes han superado el proceso selectivo se dicte y publique de inmediato y, en todo caso, que sea de fecha del presente año 2020, con el fin de que, en aplicación del art. 46 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, el plazo de congelación de dos para futuros concursos de traslado comience a contar desde 2020.

Hemos recordado que el único ejercicio de la fase de oposición de la promoción interna se realizó el 29 de junio de 2019, por lo que han transcurrido en estos momentos más de 16 meses, por lo que no se puede pretender que sean las personas opositoras las que pierdan derechos por retrasos inaceptables de los que no son responsables


2.- AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LOS PERMISOS POR ASUNTOS PARTICULARES Y VACACIONES

CCOO VUELVE A RECLAMAR LA AMPLIACIÓN DE PLAZOS PARA EL DISFRUTE DE VACACIONES Y PERMISOS DE 2020

Hemos reiterado también al ministerio nuestra exigencia de que se permita el disfrute de los días de permiso y vacaciones correspondientes a 2020 varios meses después de Enero de 2021. Si esta exigencia estaba ya plenamente justificada por la incidencia de la pandemia, se hace más que necesaria en la actualidad con las nuevas restricciones de la movilidad que se han impuesto por el Gobierno y CCAA, además de la negativa incidencia en la buena prestación del servicio público que va a suponer que para el disfrute en plazo de los permisos y vacaciones prácticamente queden vacías las oficinas en los meses de diciembre y enero próximo.

El ministerio vincula su decisión sobre este asunto a lo que decida Función Pública para el conjunto del personal de todas las administraciones.


3.- CONVERSIÓN EN PLANTILLA DE LAS PLAZAS DE REFUERZO DE MÁS DE TRES AÑOS DE ANTIGÜEDAD EN ÁMBITO NO TRANSFERIDO

CCOO RECLAMA AL MINISTERIO LA NEGOCIACIÓN INMEDIATA DE LA CONVERSIÓN EN PLANTILLA DE LAS PLAZAS DE REFUERZO QUE HAN ADQUIRIDO TRES AÑOS DE ANTIGÜEDAD DURANTE 2020

El ministerio está obligado durante este último trimestre del año a negociar con las organizaciones sindicales la conversión en plantilla de las plazas de refuerzo que han adquirido o van a adquirir una antigüedad superior a los tres años durante este año 2020, en base al acuerdo firmado con CCOO y otros sindicatos con fecha 18 de diciembre de 2019. Hasta la fecha no hemos recibido el listado de plazas afectadas ni la convocatoria para esta negociación y así se lo hemos vuelto a exigir al ministerio.

Como en otras ocasiones advertimos que CCOO no nos hacemos responsables de la veracidad de las informaciones que nos traslada el Ministerio de Justicia, limitándonos a reproducirlas para general conocimiento

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El Ministerio de Justicia remite el Acuerdo del Consejo de Ministros sobre el Plan de Actuación con posterioridad a su aprobación, vulnerando de nuevo su obligación a la negociación colectiva


8 jul 2020




El Ministerio de Justicia remite el Acuerdo del Consejo de Ministros sobre el Plan de actuación con posterioridad a su aprobación (ayer, 7 de julio), vulnerando de nuevo su obligación al respeto a la negociación colectiva


Acabamos de recibir, en la tarde del 8 de julio, este correo de la Dirección General para el servicio público de Justicia con dos documentos adjuntos

CCOO ESTUDIA LAS ACCIONES LEGALES CONTRA ESTE PLAN DE ACTUACIÓN APROBADO POR EL CONSEJO DE MINISTROS, QUE, ENTENDEMOS, HA VULNERADO DE NUEVO EL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

En el propio correo, esa Dirección General reconoce, y citamos literalmente, (...) "y en cuyo resultado final hemos contado con su participación y colaboración."

Es un reconocimiento expreso del Ministerio de Justicia de que se ha vulnerado el derecho a la negociación colectiva, pues en la única reunión, con documento del Ministerio de Justicia, no hubo negociación, pues únicamente las organizaciones sindicales expresaron su posición y alternativas a la propuesta del Ministerio, sin contestación alguna de éste a dichas propuestas. Y además, jamás se envió por el Ministerio de Justicia otro documento para negociar, recogiendo al menos alguna de las propuestas de los sindicatos, a pesar de que se habían comprometido a hacerlo antes de su aprobación por el consejo de ministros

Recordamos que CCOO presentó una propuesta completa alternativa al documento del Ministerio de Justicia. Propuesta de CCOO

Esta tarde se envía desde el Ministerio de Justicia, por fin, ese documento prometido, pero con posterioridad a su aprobación por el Consejo de Ministros, ayer, 7 de julio. Esto es lo que llama negociar el Ministro de Justicia

Si a esto llama negociación el Ministro de Justicia, es que, o desprecia mucho dicho concepto, o tiene nulo respeto por el personal de la Administración de Justicia

Estudiaremos dicho documento, y remitiremos la información sobre su contenido, sin perjuicio de las actuaciones legales que CCOO está considerando emprender contra la actuación inaceptable de nuevo del ministro de Justicia

Reproducimos el correo remitido por el Ministerio de Justicia y adjuntamos enlace a los documentos recibidos

---------- Forwarded message ---------
De: @mjusticia.es>
Date: mié., 8 jul. 2020 a las 19:23
Subject: Acuerdo del Consejo de Ministros/ Aprobación del Plan de actuación

Estimados Srs.:

Por indicación de la Directora General para el Servicio Público de Justicia, nos complace remitirles el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 7 de julio de 2020, por el que se aprueba el Plan de actuación de la disposición adicional decimonovena del real decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al covid-19 y en cuyo resultado final hemos contado con su participación y colaboración

En todo caso, es nuestro deseo, con toda seguridad compartido, que la ejecución de este Plan contribuirá a superar la previsible ralentización que sufrían nuestros Juzgados y Tribunales tras la finalización del estado de alarma

Un cordial saludo

Unidad de Apoyo
Dirección General para el Servicio Público de Justica
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Para CCOO, el Ministro de Justicia vuelve a vulnerar el derecho a la negociación colectiva e impone un plan de actuación sin ni siquiera contestar a las propuestas que le hemos remitido lo sindicatos





CONSEJO DE MINISTROS: 7 DE JULIO DE 2020

PARA CCOO, EL MINISTRO DE JUSTICIA HA VUELTO A VULNERAR EL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA: DENUNCIAMOS QUE EL PLAN DE ACTUACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, QUE HA APROBADO EL CONSEJO DE MINISTROS, SE HA HECHO SIN CONTAR CON EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y SIN INFORMAR NI SIQUIERA A LOS REPRESENTANTES DEL PERSONAL DE SU CONTENIDO FINAL


Un plan de actuación que CCOO rechaza por ser absolutamente insuficiente, ineficaz, y hacerse a costa de incrementar las cargas de trabajo del personal, sin ninguna garantía de condiciones de trabajo y retribuciones justas

En la única reunión que el Ministerio de Justicia mantuvo con los sindicatos representativos en la que había un texto sobre el que discutir, remitido con tan solo 16 horas de antelación, los portavoces del Ministerio de Justicia se limitaron a oír las propuestas que les hicimos llegar, sin contestar a ninguna 

CCOO estudia todas las acciones legales contra este plan 

La nueva actuación del Ministro de Justicia es una nueva demostración de su nula disposición a negociar con los representantes del personal de la Administración de Justicia todas las cuestiones que afectan de lleno a sus condiciones de trabajo

Ayer, 7 de julio, el Ministro de Justicia aprobó un plan de actuación que ni responde a las necesidades de la Administración de Justicia, ni incluye a todas las jurisdicciones y centros de trabajo afectados por un importante retraso y acumulación de asuntos

Por estas cuestiones, entre otras, CCOO rechaza este plan:

a) Porque no comprende todas las jurisdicciones, fiscalías, registros civiles y servicios en los que el atraso es igual de importante y preocupante

b) Porque no se acepta que el plan tenga una jornada máxima de 40 horas semanales, y que las retribuciones sean iguales, para todo el personal de Justicia, a las fijadas para los LAJ

c) Porque rechazamos que sea un plan por objetivos, que lo convierte en una sobreexplotación de las personas que se acojan al mismo

d) Porque debe ser estrictamente voluntario y no impuesto por jueces y letrados

e) Porque el ministerio de justicia se opone a crear 600 equipos de refuerzo compuestos por 1 LAJ, 2 GTA, 4 TPA y 1 AJ para los órganos jurisdiccionales y 1 LAJ, 1 GTA, 1 TPA y 1 AJ para el resto de oficinas, y a reforzar las plazas de M. Forenses, Cuerpos Especiales del INT ni Personal Laboral, como medida imprescindible para lograr que la administración de justicia se recupere de una vez del retraso

f) Porque no se acepta que los refuerzos externos sean cubiertos mediante sustituciones verticales, cobrando el 100 % de la retribución total del cuerpo que se sustituye y por comisiones de servicio, otorgadas de forma objetiva con relevación de funciones

CCOO PRESENTÓ EL MISMO DÍA 30 DE JUNIO A PRIMERA HORA, A PESAR DE HABER RECIBIDO LA PROPUESTA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA SOLO UNAS HORAS ANTES, UNA PROPUESTA CON DECENAS DE MEDIDAS CONCRETAS QUE SÍ SOLUCIONARÍAN EL PROBLEMA ENDÉMICO DE RETRASOS Y ATASCOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, PROPUESTA QUE REMITIMOS POR ESCRITO Y PRESENTAMOS ORALMENTE EN LA REUNIÓN CELEBRADA ESE MISMO DÍA 30 DE JUNIO. ADJUNTAMOS DICHA PROPUESTA:


Además, ni siquiera el Ministerio de Justicia ha remitido a las organizaciones sindicales el texto que ha aprobado el Consejo de Ministros, pues el único texto que se nos remitió la noche del 29 de junio, para una reunión que se convocó por el Ministerio con los sindicatos representativos para la mañana del día siguiente, 30 de junio a las 13 horas (con solo 16 horas de antelación), es el que adjuntamos en este enlace: Propuesta del Ministerio de Justicia

Ayer el Consejo de Ministros aprobó el "ACUERDO por el que se aprueba el plan de actuación de la disposición adicional decimonovena del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19."

El texto publicado por el Ministerio de Justicia en la página del consejo de ministros, que además también se ha publicado en la web del Ministerio de Justicia, es el siguiente, que, como se puede ver, no recoge ningún plan concreto ni las medidas que se van a adoptar, lo que es además, y de nuevo, una falta de transparencia por parte del Ministerio de Justicia

PLAN DE CHOQUE PARA HACER FRENTE A LA LITIGIOSIDAD POSTCOVID-19 Y UNA REFORMA RADICAL EN MATERIA DE DISCAPACIDAD

El Gobierno ha aprobado el plan de choque para aliviar la acumulación de litigios derivada de la crisis sanitaria. Con una dotación económica de más de 50 millones de euros, su objetivo es recuperar la normalidad en los órganos judiciales y aportar mecanismos, recursos y soluciones a las necesidades inmediatas de la Justicia

Durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Campo ha detallado las medidas contenidas en el plan que se desplegará a lo largo de dos fases en los órdenes de lo social, mercantil y contencioso-administrativo y que afectará a un total de 315 juzgados

En la primera fase, entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020, la intervención tendrá lugar en los juzgados con mayor carga de trabajo. En la segunda fase, que se iniciará el 1 de enero de 2021, se dispondrá de información más completa respecto al volumen de demandas presentadas y su tiempo de resolución, lo que permitirá definir la extensión de las medidas a aplicar para su desarrollo posterior

Se aplicarán medidas de autorrefuerzo en los partidos judiciales con un volumen de trabajo superior al 130% del módulo de entrada determinado por el Consejo General del Poder Judicial. La participación del personal de los juzgados en estos programas de actuación por objetivos se reconocerá con una retribución extraordinaria

Además, se desplegarán refuerzos externos en los órganos judiciales que asumirán un volumen de trabajo superior al doble del módulo de entrada fijado por el CGPJ, así como para aquellos otros que, sin superarlo, presenten cifras de causas pendientes elevadas

Por último, se contemplan medidas estructurales como es la creación de 21 nuevos órganos judiciales para absorber y minimizar el impacto del incremento de procedimientos

En su intervención Campo ha advertido de que se trata de un plan de actuaciones por objetivos sobre las que habrá un seguimiento constante y que permitirá la posibilidad de cambiar y acelerar respuestas a los distintos escenarios que puedan darse en los juzgados en esta etapa postcovid

Reforma procesal y civil en materia de discapacidad

Sobre la reforma procesal y civil en materia de discapacidad a la que ha dado luz verde el Gobierno, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha señalado que se está actuando de manera contundente para conseguir que la toma de decisiones de las personas con discapacidad sea fruto de su voluntad y preferencias, y no sean sustituidas en la toma de decisiones de lo que les afecta. "Es una norma que implanta un cambio de paradigma", ha apostillado

La reforma evitará que, como ocurría hasta ahora, un altísimo porcentaje de las denuncias o avisos recibidos por la fiscalía terminasen en la incapacitación de miles de personas, "lo que implica la muerte civil de las mismas", ha señalado Campo. Esta Ley provee de un apoyo adaptado a cada una de las circunstancias, según el titular de Justicia

Inspirada en el artículo 10 de la Constitución, responde con rotundidad al respeto a la dignidad de la persona, en la tutela de sus derechos fundamentales y en el respeto a la libre voluntad de la persona con discapacidad

Supone un cambio importante de terminología, relegando los términos de "incapacidad" e "incapacitación" por otros más precisos y respetuosos, en línea con la reiterada posición ministerial de la importancia que tiene el lenguaje en el ámbito jurídico

El núcleo principal del proyecto es la regulación de las medidas de apoyo que precisen las personas mayores de edad o emancipadas, para que puedan desarrollar plenamente su personalidad y desenvolverse jurídicamente en condiciones de igualdad. Deben ajustarse a los principios de necesidad y proporcionalidad y atender a la voluntad, deseos y preferencias de la persona que requiera la medida

En definitiva, la nueva ley persigue que las personas con capacidad puedan ejercer su capacidad jurídica en el futuro de una forma mucho más autónoma y con menos tutelaje

El texto se ha beneficiado de las aportaciones por parte de colectivos como CERMI, y espera que la tramitación parlamentaria de la Ley se haga de la manera más rápida posible, bajo el paraguas del mayor consenso político."

Adjuntamos igualmente la nota de CCOO, de rechazo frontal, sobre este plan de actuación del Ministerio de Justicia

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CCOO rechaza el plan de actuación del Ministerio de Justicia por ser absolutamente insuficiente, ineficaz y hecho a costa de incrementar las cargas de trabajo del personal


30 jun 2020



El Ministerio de Justicia convoca una reunión, sobre los planes de actuación, para lo que remite un documento para la negociación con solo 16 horas de antelación y, en la reunión, hoy, se limita a escuchar las propuestas de las organizaciones sindicales sin intervención alguna, advirtiendo que remitirá el documento definitivo en dos días y lo aprobará el consejo de ministros el próximo martes, 7 de julio

CCOO RECHAZA EL PLAN DE ACTUACIÓN PROPUESTO POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA POR SER ABSOLUTAMENTE INSUFICIENTE, INEFICAZ Y HACERSE A COSTA DE INCREMENTAR LAS CARGAS DE TRABAJO DEL PERSONAL Y SIN NINGUNA GARANTÍA DE CONDICIONES DE TRABAJO Y RETRIBUCIONES JUSTAS

Frente al plan del Ministerio, CCOO ha presentado sus propuestas (que adjuntamos al final) basadas en el estudio de la pendencia en todos los órganos, fiscalías y servicios de todas las jurisdicciones y la dotación de equipos de refuerzo constituidos por personal voluntario con experiencia, así como prolongaciones de jornada, también voluntarias y debidamente retribuidas, y destinadas a todos los partidos judiciales y órganos y servicios de ámbito provincial o superior que presenten situaciones de retraso excesivo en la tramitación de los asuntos

El ministro de Justicia pretende de nuevo imponer las condiciones laborales para establecer un plan de actuación de recuperación de la Administración de Justicia en las que ha decidido, con el CGPJ y algunas CCAA, planes de actuación que, si se llevan a cabo, serán injustos, mal retribuidos y cuyos participantes serán elegidos por los responsables de los órganos, de forma arbitraria y a dedo

Por eso, el Ministerio de Justicia convoca las reuniones y entrega la documentación para la negociación con menos de 24 horas de antelación y anuncia su aprobación en menos de 7 días (consejo de ministros del 7 de julio), como ya hizo durante el estado de alarma, con el RD Ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la Covid-19 en la Administración de Justicia y con las órdenes por las que se aprueban las medidas de seguridad laboral y el plan de desescalada, en donde impuso sus contenidos sin preocupación alguna por la salud del personal de la Administración de Justicia, a pesar de las numerosas propuestas que formularon CCOO y el resto de sindicatos

Con este denominado plan de actuación para la recuperación de la Administración de Justicia, el Ministerio de Justicia pretende exclusivamente el refuerzo de órganos de las jurisdicciones social y contencioso-administrativa y de los Juzgados de lo Mercantil, y solo para los órganos cuyas cargas de trabajo superen el 130 % de los módulos. Se excluye al resto de jurisdicciones, el registro civil y el resto de servicios no jurisdiccionales, a pesar de que, en la introducción del plan, se expresa que “se aprueba para los órganos que con anterioridad a esta crisis ya concentraban mayor carga de trabajo”

La propuesta del Ministerio de Justicia (que adjuntamos completa) se resume en:

1.- Entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020 se aplicará este plan, y solo en la jurisdicción social y en los juzgados de lo mercantil

2.- A partir del 1 de enero de 2021 se decidirá su aplicación, con los datos de que se disponga, tambien en la jurisdicción contencioso-administrativa, quedando excluidas el resto de jurisdicciones, fiscalías y servicios comunes

3.- Las medidas se aplicarán a partir de que las cargas de trabajo superen el 130 % del módulo del CGPJ, con planes de actuación por objetivos, con personal del órgano afectado, que deberá alcanzar, en la jurisdicción social, al menos 145 procedimientos mensuales, y en la mercantil un crecimiento de las resoluciones aéreas de al menos el 20 %

4.- En los órganos con cargas superiores al 150 % del módulo se aprobarán además refuerzos externos con una plantilla, en la jurisdicción social, de 1 LAJ, 2 GPA, 2 TPA y 1 AUX, y en la mercantil con 1 LAJ por cada dos equipos de refuerzo, 1 GPA, 1 TPA y 1 AUX por cada dos equipos

El Ministerio nombrará equipos de refuerzo externos para reducir la carga de trabajo media del partido judicial al 150% (jurisdicción social) o por cada 1000 procedimientos de transporte aéreo (mercantil), con un incremento de otro equipo por cada 3000

5.- Las retribuciones que se proponen son muy superiores para los LAJ que para los Gestores y Tramitadores, que percibirían tan solo el 65 % de la retribución de aquellos; mucho más bajas para el Cuerpo de Auxilio Judicial, que no alcanzarían ni siquiera el 50 % de las de los LAJ

6.- El pago de las retribuciones correspondientes a este Plan quedará condicionado al cumplimiento de los objetivos fijados. El incumplimiento durante dos meses consecutivos de los mismos será causa suficiente para la finalización de la medida

7.- La participación en el presente Plan se determinará por el titular del órgano judicial a propuesta del LAJ y tendrá carácter voluntario

En resumen, el Ministerio de Justicia, con el acuerdo del CGPJ, pretende:

1.- Obligar a trabajar al personal un número de horas semanales muy superior a lo establecido legalmente, que, como sabe el Ministerio, no puede superar las 40 horas semanales

2.- Retribuir con cantidades muy inferiores al personal de la Administración de Justicia que no sea LAJ o Juez

3.- Que el abono de las cantidades del plan de actuación esté condicionado a alcanzar unos objetivos no solo difíciles de cumplir sino que además dependen de otros factores, como el trabajo del Juez y LAJ

4.- Que sean el Juez y el LAJ quienes decidan a qué personas se nombra para estos planes de actuación, convirtiendo en falso que la participación en el plan sea voluntario

CCOO RECHAZA ESTE PLAN POR MUCHOS MOTIVOS. Entre otros:


a) Porque no comprende todas las jurisdicciones, fiscalíasregistros civiles y servicios en las que el atraso es igual de importante y preocupante

b) Porque no se acepta que el plan tenga una jornada máxima de 40 horas semanales, y que las retribuciones sean iguales para todo el personal de Justicia a las fijadas para los LAJ

Propuesta del Ministerio de Justicia

Propuestas de CCOO
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CCOO exige al Ministerio de Justicia un documento con propuestas concretas que incluyan 600 equipos de refuerzo, el sistema de su cobertura, voluntaria y negociada, y las retribuciones


26 jun 2020



  • Primera reunión con el Ministerio de Justicia sobre los planes de actuación para la recuperación en la Administración de Justicia. El Ministerio asegura que remitirá un documento para la negociación hoy mismo y la reunión continuará el lunes 29 de junio a las 10 horas.

SIN HABER REMITIDO DOCUMENTO ALGUNO TODAVÍA EN EL QUE CONSTEN SUS PROPUESTAS CONCRETAS, EL MINISTERIO DE JUSTICIA NOS INFORMA QUE PRETENDE ESTABLECER PLANES DE ACTUACIÓN EXCLUSIVOS PARA LOS ÓRGANOS DE LAS JURISDICCIONES SOCIAL Y MERCANTIL DESDE EL 1 DE SEPTIEMBRE, SIEMPRE QUE LAS CARGAS DE TRABAJO SEAN SUPERIORES AL 130 % DEL MÓDULO DEL CGPJ

El Ministerio de Justicia establece dos tipos de refuerzo, y solo en la jurisdicción social y mercantil hasta el 31 de diciembre de 2020: cuando las cargas de trabajo sean superiores al 130 %, planes de actuación dentro del mismo órgano y solo para parte del personal, y si son superiores las cargas al 200 % o si la pendencia es superior al 130 %, con refuerzos externos de 2 Gestores, 2 Tramitadores y 1 Auxilio por cada cuatro equipos.

CCOO EXIGE AL MINISTERIO DE JUSTICIA UN DOCUMENTO CON PROPUESTAS CONCRETAS, QUE INCLUYAN EL NOMBRAMIENTO DE 600 EQUIPOS DE REFUERZO, COMPUESTO POR JUEZ, LETRADO Y PERSONAL DE TODOS LOS CUERPOS, Y QUE ABARQUEN A TODAS LAS JURISDICCIONES

A la espera del documento que nos anuncia nos va a remitir hoy mismo, el Ministerio de Justicia ha informado de sus propuestas para la recuperación de la Administración de Justicia en los próximos meses. Estas son sus líneas esenciales de su propuesta:
  • Para la primera fase de este plan (septiembre- diciembre de 2020) se considera necesario reforzar todos los órganos judiciales de la jurisdicción social y los especializados en materia mercantil que superen, en la media del partido, el 130 % del módulo de carga de trabajo establecido por el Consejo General del Poder Judicial con medidas de auto refuerzo.
  • Se reforzarán además con refuerzos externos los órganos que superen el 200 % del módulo y aquellos que, sin llegar a este nivel, excedan del 130 % de pendencia.
  • Las medidas de auto refuerzo consistirán en el establecimiento de un programa concreto de actuación por objetivos para un juez, un LAJ, dos funcionarios (Gestor o Tramitador) y un Auxilio Judicial por órgano.
  • Las medidas de refuerzo externo consistirán en el nombramiento de equipos consistentes en un juez, un LAJ (social) o uno por cada dos jueces (mercantil), dos Gestores y dos Tramitadores, así como un Auxilio Judicial por cada cuatro equipos, y se encontrarán vinculadas a la resolución de asuntos urgentes (social) y reclamaciones de transporte aéreo (mercantil). Y su jornada será la ordinaria.
  • Al no haber fuentes fiables del atraso en las jurisdicciones social y mercantil, determinan que los datos se irán actualizando cada dos meses. Es decir, en el mes de octubre se actualizarán para determinar si más órganos necesitan de medidas de refuerzo.
  • La segunda fase comenzará el 1 de enero de 2021 e incluirá además medidas de refuerzo para la jurisdicción contenciosa.
  • Las medidas se plantean para todas las CCAA transferidas o no, y es un marco de mínimos que puede ser incrementado en cada uno de los ámbitos.
  • Este plan que propone el Ministerio de Justicia no agota otro tipo de medidas como la puesta en marcha de nuevos órganos judiciales extraordinarios en las jurisdicciones social y mercantil preferentemente, así como modificaciones legales en materia mercantil, sin descartar otras modificaciones.
  • No se harán transformaciones de órganos judiciales, como Juzgados de Primera Instancia o mixtos en Mercantiles, sin previa negociación.


CCOO ha advertido, con carácter previo, lo siguiente:

  • Hemos exigido al Ministerio de Justicia que nos dé traslado por escrito de su propuesta que incluya además las retribuciones que se proponen, así como el método para la cobertura de las plazas de los refuerzos externos, que debe ser de carácter voluntario. Este documento tiene que incluir también la anulación de las circulares sobre vacaciones, volviendo al sistema hasta ahora vigente, pues no solo es una modificación unilateral de las condiciones de trabajo sino que además es contradictorio con los planes de refuerzo que se nos traslada.
  • Además hemos demandado que el incremento del complemento específico del ámbito no transferido hasta acercarlo al de las CCAA transferidas es una reclamación justa que mantenemos y que seguimos reclamando.

La propuesta de CCOO sobre la recuperación en la Administración de Justicia tiene los siguientes ejes:


1.- CON CARÁCTER PREVIO SE DEBE DETERMINAR EL ESTADO DE LA SITUACIÓN

Con el fin de determinar las prioridades para establecer planes de actuación, por los responsables de cada órgano, fiscalía o servicio, se certificarán los siguientes datos, con indicación de la fecha desde que está pendiente su tramitación:

  • Número de asuntos pendientes de resolución definitiva.
  • Número de ejecutorias en trámite.
  • Número de escritos, recursos, demandas, denuncias, querellas, atestados o partes facultativos pendientes de incoar o de proveer.
  • Número de inscripciones pendientes de realizar y número de expedientes en trámite en los Registros Civiles con especial mención de los expedientes de matrimonio y juras de expedientes de nacionalidad.
  • Número de informes pendientes de emitir en los Institutos de Medicina Legal, Instituto Nacional de Toxicología, Fiscalías, informes periciales o de los equipos psicosociales.
  • Número de diligencias pendientes de practicar en los Servicios Comunes de Actos de Comunicación y Ejecución.
  • Número de escritos pendientes de registro y reparto en los servicios comunes o en los decanatos.

Las medidas de refuerzo que se proponen a continuación irán destinadas, por su orden, a las jurisdicciones dentro de cada partido judicial que mayor retraso tengan acumulado, conforme a los datos de asuntos pendientes anteriormente mencionados.

Deben tener prioridad los órganos y servicios con competencia en las actuaciones que afectan a los colectivos más vulnerables (trabajadores públicos y privados, ciudadanía afectada por las crisis, mujeres o menores en riesgo, inmigrantes).

2.- MEDIDAS DE REFUERZO

A) Personal de Refuerzo.

Se propone el nombramiento de 600 jueces/as sustitutos/as y magistrados/as suplentes, más el número de fiscales sustitutos que sean necesarios

Estas plazas de refuerzo se proveerán de forma voluntaria con preferencia para el personal del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

Con cada juez/a sustituto/a o magistrado/a suplente se constituirá un equipo de refuerzo integrado, además, por 1 LAJ, 2 GPA, 4 TPA y 1 AJ.

Con cada Fiscal de refuerzo se nombrará 1 GPA, 1 TPA y 1 AJ.

Para los servicios comunes y registros civiles en los que la carga de asuntos pendientes así lo justifique se nombrarán equipos de refuerzo conformados por 1 LAJ, 1 GPA, 1 TPA y 1 AJ.

En los IML se nombrará el número suficiente de personal de refuerzo del Cuerpo de Médicos Forenses y 1 TPA por cada Médico Forense.

En los departamentos del INTyCF se nombrará el número necesario de personal de los Cuerpos de Facultativos, Técnicos Especialistas de Laboratorio y Auxiliares de Laboratorio, así como de los cuerpos generales.

Estas plazas de refuerzo se proveerán de forma voluntaria a través de comisiones de servicio por personal del mismo cuerpo o por personal del cuerpo de titulación inmediatamente inferior en régimen de sustitución, seleccionado con criterios objetivos y negociados.

Las plazas no cubiertas de forma voluntaria por este sistema y las que queden disponibles en las de origen del personal que acceda voluntariamente a estas sustituciones serán cubiertas por personal interino.

Se procederá además a la cobertura inmediata de todas las plazas vacantes del personal laboral y a la contratación de personal laboral eventual de refuerzo de las categorías profesionales de Psicología, Trabajo Social y Peritos donde la pendencia de informes pendientes de emisión así lo justifique, con un mínimo de un/a trabajador/a de estas categorías en cada provincia.


B) Funciones y competencia de los equipos y personal de refuerzo.

Los equipos y personal de refuerzo conocerán de los asuntos más atrasados conforme a los datos a que se refiere el punto 1 y los atenderán por riguroso orden de antigüedad en la fecha de incoación del procedimiento o de la fecha desde la que esté pendiente la práctica de la diligencia o la emisión del informe en los servicios no jurisdiccionales.


C) Actuaciones en el resto de centros de trabajo donde no se nombre personal de refuerzo. Prolongaciones de jornada.

En los órganos judiciales, fiscalías y servicios en los que no se incorpore personal de refuerzo pero mantengan una pendencia superior a la media nacional o superen los módulos de trabajo se establecerán para el personal de todos los cuerpos funcionariales prolongaciones de jornada voluntarias hasta 40 horas semanales en jornada de mañana y tarde y retribuidas conforme se acuerde a través de la negociación colectiva.


D) Duración de las medidas de refuerzo y prolongaciones de jornada

El nombramiento de equipos y personal de refuerzo y la asignación de prolongaciones de jornada se hará por plazo de seis meses prorrogables.

Finalizado el quinto mes de la medida de refuerzo o prolongación de jornada se elaborará nuevamente un informe de situación con el mismo contenido que el señalado en el punto 1 y, a la vista de sus resultados se prorrogará, en su caso, la medida o se asignarán los refuerzos y prolongaciones de jornada a otros órganos o servicios con mayor volumen de pendencia. De esta forma se actuará cada semestre.


E) Financiación de las medidas de refuerzo.

El Gobierno dotará al Ministerio de Justicia y a las CCAA con competencias transferidas del presupuesto suficiente para la adopción de este plan de actuación con cargo a los fondos que se están negociando en la Unión Europea para paliar la crisis del COVID-19.



EL MINISTERIO DE JUSTICIA TIENE OBLIGACIÓN DE NEGOCIAR TODO EL PLAN DE RECUPERACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, NO SOLO TRASLADAR A LOS TRABAJADORES/AS QUE SE APLICARÁN MEDIDAS DE REFUERZO SI EL ATRASO ES SUPERIOR AL 130 % DE MEDIA RESPECTO A LOS MÓDULOS DE CARGA DE TRABAJO DEL CGPJ

CCOO EXIGE UNA NEGOCIACIÓN GLOBAL, PONIENDO ENCIMA DE LA MESA, TODAS LAS CUESTIONES QUE AFECTAN A LAS Y LOS TRABAJADORES: EL SISTEMA DE COBERTURA DE LOS REFUERZOS, LAS RETRIBUCIONES QUE SE PERCIBIRÁN, LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE LOS REFUERZOS, LAS GARANTÍAS DE QUE TODO EL SISTEMA ATENDERÁ A CRITERIOS OBJETIVOS Y NEGOCIADOS


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La crisis sanitaria aflora también las carencias del servicio público de la Administración de Justicia


2 abr 2020


  • Las medidas publicadas en el BOE de 1 de abril para agilizar, tras el estado de alarma, la actividad en los juzgados de lo social, contencioso-administrativo y mercantiles, están abocadas al fracaso por la crónica falta de medios en la Administración de Justicia

La disposición adicional 19ª del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, publicado hoy en el BOE establece que el Gobierno aprobará, en el plazo máximo de 15 días tras el estado de alarma, un Plan de Actuación para agilizar la actividad judicial en los órdenes jurisdiccionales social y contencioso-administrativo, así como en el ámbito de los Juzgados de lo mercantil, con la finalidad de contribuir al objetivo de una rápida recuperación económica tras la superación de la crisis.

Para CCOO, los datos indican que la situación de estos juzgados antes de esta crisis, como toda la administración de justicia, presentaba un panorama desolador: decenas de juzgados atascados o al borde del colapso, atrasos de años en la resolución de los procedimientos, señalamientos de juicios para dentro de dos o tres años, etc

Los datos estadísticos del Consejo General del Poder Judicial son absolutamente explícitos:

Tipo de Juzgado
Asuntos ingresados en 2019 (media por órgano)
Carga anual de asuntos máxima por órgano estimada por el CGPJ
(BOE 29/12/18)
Asuntos pendientes de resolver (media por órgano)
Juzgados de lo Social
1061,50
800
807,68
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
598,30
570
408,88
Juzgados de lo Mercantil
1089,78
435
1063,43

Estas cifras medias implican que, en determinados juzgados, el volumen de asuntos ingresados duplica o incluso triplica los módulos de carga de trabajo y, por tanto, es imposible su atención con los medios de que se dispone. Y lo mismo con el número de asuntos pendientes de resolver que, en muchos casos, supera en dos o tres veces el número de asuntos que ingresan cada año.

CCOO calcula que alrededor de 400 juzgados de todos los órdenes jurisdiccionales y de todo el territorio nacional mantienen en la actualidad retrasos inasumibles en la resolución de los asuntos y una cifra similar (400 juzgados) reciben cada año cargas de trabajo que es imposible atender.

Solo para actualizar el retraso CCOO estima que sería necesaria la contratación de 400 jueces/zas y 3.500 funcionarios/as de refuerzo del resto de los cuerpos, como así lo ha solicitado CCOO al Congreso de los Diputados y a los sucesivos gobiernos en reiteradas ocasiones.

Con este panorama, CCOO se pregunta cómo se va a acometer el plan de agilización que disponen las medidas extraordinarias acordadas en el Boletín Oficial del Estado. La experiencia reciente de las medidas adoptadas por el CGPJ para los juzgados habilitados para atender las demandas de cláusulas suelo y otras reclamaciones hipotecarias ha sido decepcionante para la ciudadanía, que sigue viendo cómo la resolución de sus reclamaciones se retrasará durante años por la falta de medios, beneficiando, eso sí, a las entidades bancarias que cobraron cantidades indebidas.

Ha quedado claro, durante esta crisis que estamos padeciendo, que la inversión en Sanidad Pública y Servicios Sociales es imprescindible para atender los derechos básicos de la ciudadanía. También otros servicios esenciales como la Educación Pública exigen mejoras sustanciales de medios materiales y personales. Pero el servicio público de la Administración de Justicia es también un pilar básico del Estado Social y Democrático de Derecho que propugna nuestra Constitución para la defensa de los Derechos Fundamentales de la ciudadanía. Y si no se dota este servicio esencial de medios suficientes, como ha venido ocurriendo durante toda la etapa democrática, las medidas de agilización que se anuncian no serán más que un brindis al sol.

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Ámbito no transferido: Acción Social 2020 y refuerzos convertidos en plantilla


27 mar 2020



Acción social 2020

Aunque se trata de un tema menor, dada la situación que estamos viviendo, os informamos que la solicitud de ayudas de la Acción Social de 2020 que se puede solicitar hasta el próximo día 1 de abril de 2020, CCOO contactó con el Ministerio de Justicia y nos informaron que dichos plazos se ampliarán:

No obstante, desde CCOO hemos comprobado que si accedéis al área privada de la página web del Ministerio de Justicia:

ENLACE ÁREA PRIVADA MINISTERIO DE JUSTICIA

E introduciendo vuestro usuario y contraseña podéis acceder y rellenar las ayudas de acción social, así como consultar la nómina, certificado de retenciones.

Por tanto, aquéllos/as que queráis y podáis (tengáis la documentación que, en en su caso, haya que aportar) podéis solicitarlo antes del 1 de abril. En caso contrario, podréis solicitarla posteriormente, cuando como CCOO ha reclamado, se amplíe el plazo, cuando volvamos a una situación de normalidad.

Refuerzos hasta el 29.02.2020 y convertidos en plantilla con efectos del 01.03.2020

En relación a los refuerzos que el 29 de febrero de 2020 cesaron como refuerzos y a partir del 01 de marzo de 2020 pasaron a ocupar plazas de plantilla, os informamos que al haber cambiado el nombramiento, en la nómina de este mes de marzo se os habrá liquidado la parte proporcional de la paga extra del mes de junio.

La paga extra del mes de junio se devenga en el periodo comprendido entre el 01 de diciembre y el 30 de mayo, por lo que en la nómina de este mes de marzo os habrán liquidado la parte proporcional de la paga extra del mes de junio que hayáis generado entre el 1 de diciembre de 2019 y el 29 de febrero de 2020.

Por tanto, el próximo mes de junio la paga extra que cobraréis corresponderá al periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2020 (fecha de comienzo del nuevo nombramiento) y el 30 de mayo de 2020.
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Ámbito no transferido: CCOO aclara algunos aspectos del acuerdo de conversión en plantilla de más de 285 refuerzos


18 feb 2020


  • Ante las informaciones que están tergiversando el contenido del Acuerdo entre el Ministerio de Justicia y CCOO, CSIF, STAJ y UGT, sobre la conversión de refuerzos en plantilla en el ámbito no transferido, con efecto de 1 de marzo de 2020, es preciso aclarar:

EL ACUERDO, DE 17 DE DICIEMBRE DE 2019, ESTABLECE EL FIN DE TODOS LOS REFUERZOS DE TRES AÑOS O MÁS, Y SU CONVERSIÓN ÍNTEGRA EN PLANTILLA ESTRUCTURADA CON TODOS LOS DERECHOS DEL RESTO DE PERSONAL INTERINO

Todas las personas interinas de refuerzo, que deseen voluntariamente su incorporación a la plaza vacante a la que se les adscribe, mantendrán su antigüedad a los efectos de su prelación ante un eventual cese si se ocupa su plaza por personal titular

Las personas interinas que no acepten voluntariamente su nombramiento, se incorporarán a la bolsa de trabajo de su ámbito, pero las plazas que no ocupen serán ofertadas en sustitución vertical o comisión de servicio entre el personal de carrera con preferencia al llamamiento de nombramiento de interino

Ante las informaciones, que tergiversan el Acuerdo de 17 de diciembre pasado, que nos están llegando a CCOO acerca de algunas indicaciones que se están trasladando al personal interino de refuerzo que pasa a convertirse en personal interino de vacante el próximo 1 de marzo de 2020, desde CCOO nos vemos en la obligación de aclarar:

1.- El acuerdo, de 17 de diciembre de 2019, establece el fin de todos los refuerzos de tres años o más, y su conversión íntegra en plantilla estructurada con todos los derechos iguales a los del resto de personal interino.

2.- Todas las personas interinas de refuerzo que deseen voluntariamente su incorporación a la plaza vacante a la que se les adscribe, mantendrán su antigüedad como refuerzo a los efectos de su prelación ante un eventual cese si se ocupa su plaza por personal titular.

3.- Las personas interinas que no acepten voluntariamente su nombramiento, se incorporarán a la bolsa de trabajo de su ámbito, pero las plazas que no ocupen serán ofertadas en sustitución vertical o comisión de servicio entre el personal de carrera con preferencia al llamamiento de nombramiento de interino.

4.- Ninguna persona hace renuncia alguna con estos nombramientos a una eventual indemnización por el cese en el caso de que decida acudir a los Tribunales.

5.- Todas las plazas de plantilla, en la que se convierten los refuerzos, son del ámbito territorial no transferido en el que se encuentran destinados actualmente.
6.- Todas las personas de los cuerpos generales y especiales destinados en un ámbito territorial en la actualidad como refuerzo, y, a partir del 1 de marzo, como plantilla (interino de vacante), seguirán perteneciendo a la plantilla y a la bolsa de su ámbito. Por tanto, no podrán ser trasladados a otro ámbito territorial u otra bolsa de otro ámbito, si no es mediante acuerdo voluntario de cambio de bolsa, como viene sucediendo en la actualidad (existen tres excepciones que fueron rechazadas por CCOO en la negociación: una plaza de Forense de OOCC de Madrid que se adscribe al IML de Guadalajara y dos plazas de la provincia de Segovia que se adscriben en localidades distintas, si bien de la misma provincia).
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