Fase II de los Planes de Actuación COVID-19 para medidas de autorrefuerzo y refuerzos externos
Reclamamos que la Fase II de los Planes de Actuación sea negociada con las organizaciones sindicales
15 ene 2021
Archivado en: Coronavirus, Ministerio de Justicia, Negociación, Refuerzos
Fase II de los Planes de Actuación COVID-19 para medidas de autorrefuerzo y refuerzos externos
CCOO reclama al Ministerio de Justicia soluciones urgentes a numerosas cuestiones pendientes
10 dic 2020
Archivado en: Concurso de traslados, Informática, MUGEJU, Oposiciones, Refuerzos
Tras la reunión sobre el teletrabajo de la que publicaremos información detallada en las próximas horas
CCOO RECLAMA AL MINISTERIO DE JUSTICIA SOLUCIONES URGENTES A NUMEROSAS CUESTIONES PENDIENTES
CONCURSO DE TRASLADO 2020 DE CUERPOS GENERALES
CONCURSO DE TRASLADOS 2020 DE LOS CUERPOS DE GESTIÓN, TRAMITACIÓN Y AUXILIO JUDICIAL: EL MINISTERIO DE JUSTICIA, cuya fiabilidad es cada vez más dudosa ante los varios anuncios incumplidos, SIGUE RETRASANDO LA PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL. Ahora dice que la publicación se hará en el BOE del día 15 de diciembre
Informaciones del Ministerio de Justicia y propuestas de CCOO sobre procesos selectivos, plazo de permisos y consolidación de plazas de refuerzo
30 oct 2020
Archivado en: Oposiciones, Permisos, Refuerzos
INFORMACIONES DE ÚLTIMA HORA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA SOBRE
- PROCESOS SELECTIVOS DE AUXILIO JUDICIAL, GESTIÓN, TURNO LIBRE LIBRE Y GESTIÓN, PROMOCIÓN INTERNA
- PROPUESTA DE CCOO DE AMPLIACIÓN DE PLAZOS DE LOS PERMISOS Y VACACIONES DE 2020
- CONVERSIÓN EN PLANTILLA DE PLAZAS DE REFUERZO DE MÁS DE TRES AÑOS
1.- PROCESOS SELECTIVOS
AUXILIO JUDICIAL
AVANZA LA PROPUESTA DE CCOO PARA LA AMPLIACIÓN DE SEDES DE EXAMEN DE AUXILIO JUDICIAL Y PARA LA REALIZACIÓN DEL EJERCICIO EN LA SEDE MÁS PRÓXIMA AL DOMICILIO DE LA PERSONA ASPIRANTE
El Ministerio de Justicia atendiendo, al menos en parte, las solicitudes de CCOO nos informa de que en el examen de Auxilio Judicial se está trabajando para permitir que dicho examen se realice en la sede más cercana al domicilio de la persona aspirante, independientemente del ámbito territorial en el que se participe. Para ello, se está identificando el número de aspirantes residentes en cada ámbito.
En base a esos datos se incrementará el número de sedes de examen que se fijarán al menos en cada provincia en que haya un volumen de aspirantes que así lo haga necesario en incluso, dentro de cada provincia, en determinadas grandes poblaciones en que fuese aconsejable.
Una vez hecho este cálculo se darán instrucciones a las CCAA y Gerencias Territoriales para que busquen las aulas (en principio para finales de enero o principios de febrero siempre que la autoridad sanitaria dé el visto bueno) en las localidades que finalmente se fijen como sedes definitivas
GESTIÓN - TURNO LIBRE
EL MINISTERIO CONFIRMA LAS FECHAS DE PUBLICACIÓN DE LAS NOTAS DE CATALUÑA Y CCOO REITERAMOS NUESTRAS RECLAMACIONES PARA QUE SE CUBRAN TODAS LAS PLAZAS CONVOCADAS EN TODOS LOS ÁMBITOS TERRITORIALES Y PARA QUE SE ACLARE PÚBLICAMENTE LA AUTOEVALUACIÓN DE MÉRITOS EN LA FASE DE CONCURSO
El Ministerio nos confirma su previsión de que las notas de Cataluña puedan estar publicadas sobre el día 10 u 11 de noviembre.
CCOO hemos vuelto a reiterar al ministerio que el Tribunal Único tiene que hacer público el listado de aspirantes que han superado la fase oposición con la puntuación total de la misma que contenga la suma de los tres ejercicios (base 7.4, párrafo primero de la convocatoria).
Asimismo hemos reiterado desde CCOO que debe sacarse un comunicado aclaratorio de que los únicos méritos que deben ser autoevaluados por la personas aspirantes son los correspondientes al punto B, del apartado I-B del Anexo I de las bases de convocatoria, es decir, los cursos de formación, siendo el resto de méritos constatados de oficio y publicados por el tribunal a efectos de alegaciones, en su caso.
Hemos vuelto a reclamar la convocatoria de la prueba selectiva adicional prevista en el art. 483 de la LOPJ para que puedan cubrirse todas las plazas convocadas, hecho que no se ha producido en varios ámbitos territoriales donde el número de personas aprobadas en el tercer ejercicio ha sido inferior a las plazas de la OEP.
GESTIÓN – PROMOCIÓN INTERNA
CCOO RECLAMA QUE LA ORDEN QUE ADJUDICA LOS DESTINOS SE DICTE CON FECHA DE 2020 A EFECTOS DE LA CONGELACIÓN PARA FUTUROS CONCURSOS DE TRASLADO, PUES QUE EL PROCESO SE HAYA PROLONGADO MÁS DE 16 MESES HASTA HOY NO ES RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS OPOSITORAS
CCOO hemos solicitado al ministerio que la orden que apruebe los destinos de quienes han superado el proceso selectivo se dicte y publique de inmediato y, en todo caso, que sea de fecha del presente año 2020, con el fin de que, en aplicación del art. 46 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, el plazo de congelación de dos para futuros concursos de traslado comience a contar desde 2020.
Hemos recordado que el único ejercicio de la fase de oposición de la promoción interna se realizó el 29 de junio de 2019, por lo que han transcurrido en estos momentos más de 16 meses, por lo que no se puede pretender que sean las personas opositoras las que pierdan derechos por retrasos inaceptables de los que no son responsables
2.- AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LOS PERMISOS POR ASUNTOS PARTICULARES Y VACACIONES
CCOO VUELVE A RECLAMAR LA AMPLIACIÓN DE PLAZOS PARA EL DISFRUTE DE VACACIONES Y PERMISOS DE 2020
Hemos reiterado también al ministerio nuestra exigencia de que se permita el disfrute de los días de permiso y vacaciones correspondientes a 2020 varios meses después de Enero de 2021. Si esta exigencia estaba ya plenamente justificada por la incidencia de la pandemia, se hace más que necesaria en la actualidad con las nuevas restricciones de la movilidad que se han impuesto por el Gobierno y CCAA, además de la negativa incidencia en la buena prestación del servicio público que va a suponer que para el disfrute en plazo de los permisos y vacaciones prácticamente queden vacías las oficinas en los meses de diciembre y enero próximo.
El ministerio vincula su decisión sobre este asunto a lo que decida Función Pública para el conjunto del personal de todas las administraciones.
3.- CONVERSIÓN EN PLANTILLA DE LAS PLAZAS DE REFUERZO DE MÁS DE TRES AÑOS DE ANTIGÜEDAD EN ÁMBITO NO TRANSFERIDO
CCOO RECLAMA AL MINISTERIO LA NEGOCIACIÓN INMEDIATA DE LA CONVERSIÓN EN PLANTILLA DE LAS PLAZAS DE REFUERZO QUE HAN ADQUIRIDO TRES AÑOS DE ANTIGÜEDAD DURANTE 2020
El ministerio está obligado durante este último trimestre del año a negociar con las organizaciones sindicales la conversión en plantilla de las plazas de refuerzo que han adquirido o van a adquirir una antigüedad superior a los tres años durante este año 2020, en base al acuerdo firmado con CCOO y otros sindicatos con fecha 18 de diciembre de 2019. Hasta la fecha no hemos recibido el listado de plazas afectadas ni la convocatoria para esta negociación y así se lo hemos vuelto a exigir al ministerio.
Como en otras ocasiones advertimos que CCOO no nos hacemos responsables de la veracidad de las informaciones que nos traslada el Ministerio de Justicia, limitándonos a reproducirlas para general conocimiento
El Ministerio de Justicia remite el Acuerdo del Consejo de Ministros sobre el Plan de Actuación con posterioridad a su aprobación, vulnerando de nuevo su obligación a la negociación colectiva
8 jul 2020
Archivado en: CCOO, Condiciones de Trabajo, Consejo de Ministros, Ministerio de Justicia, Negociación, Refuerzos, Retribuciones
El Ministerio de Justicia remite el Acuerdo del Consejo de Ministros sobre el Plan de actuación con posterioridad a su aprobación (ayer, 7 de julio), vulnerando de nuevo su obligación al respeto a la negociación colectiva
---------- Forwarded message ---------
De: @mjusticia.es>
Date: mié., 8 jul. 2020 a las 19:23
Subject: Acuerdo del Consejo de Ministros/ Aprobación del Plan de actuación
Estimados Srs.:
Para CCOO, el Ministro de Justicia vuelve a vulnerar el derecho a la negociación colectiva e impone un plan de actuación sin ni siquiera contestar a las propuestas que le hemos remitido lo sindicatos
Archivado en: CCOO, Condiciones de Trabajo, Consejo de Ministros, Negociación, Refuerzos, Retribuciones
PARA CCOO, EL MINISTRO DE JUSTICIA HA VUELTO A VULNERAR EL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA: DENUNCIAMOS QUE EL PLAN DE ACTUACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, QUE HA APROBADO EL CONSEJO DE MINISTROS, SE HA HECHO SIN CONTAR CON EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y SIN INFORMAR NI SIQUIERA A LOS REPRESENTANTES DEL PERSONAL DE SU CONTENIDO FINAL
Ayer el Consejo de Ministros aprobó el "ACUERDO por el que se aprueba el plan de actuación de la disposición adicional decimonovena del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19."
El texto publicado por el Ministerio de Justicia en la página del consejo de ministros, que además también se ha publicado en la web del Ministerio de Justicia, es el siguiente, que, como se puede ver, no recoge ningún plan concreto ni las medidas que se van a adoptar, lo que es además, y de nuevo, una falta de transparencia por parte del Ministerio de Justicia
Adjuntamos igualmente la nota de CCOO, de rechazo frontal, sobre este plan de actuación del Ministerio de Justicia
CCOO rechaza el plan de actuación del Ministerio de Justicia por ser absolutamente insuficiente, ineficaz y hecho a costa de incrementar las cargas de trabajo del personal
30 jun 2020
Archivado en: CCOO, Ministerio de Justicia, Negociación, Refuerzos
El Ministerio de Justicia convoca una reunión, sobre los planes de actuación, para lo que remite un documento para la negociación con solo 16 horas de antelación y, en la reunión, hoy, se limita a escuchar las propuestas de las organizaciones sindicales sin intervención alguna, advirtiendo que remitirá el documento definitivo en dos días y lo aprobará el consejo de ministros el próximo martes, 7 de julio
Frente al plan del Ministerio, CCOO ha presentado sus propuestas (que adjuntamos al final) basadas en el estudio de la pendencia en todos los órganos, fiscalías y servicios de todas las jurisdicciones y la dotación de equipos de refuerzo constituidos por personal voluntario con experiencia, así como prolongaciones de jornada, también voluntarias y debidamente retribuidas, y destinadas a todos los partidos judiciales y órganos y servicios de ámbito provincial o superior que presenten situaciones de retraso excesivo en la tramitación de los asuntos
Propuesta del Ministerio de Justicia
Propuestas de CCOO
CCOO exige al Ministerio de Justicia un documento con propuestas concretas que incluyan 600 equipos de refuerzo, el sistema de su cobertura, voluntaria y negociada, y las retribuciones
26 jun 2020
Archivado en: Coronavirus, Negociación, Refuerzos
- Primera reunión con el Ministerio de Justicia sobre los planes de actuación para la recuperación en la Administración de Justicia. El Ministerio asegura que remitirá un documento para la negociación hoy mismo y la reunión continuará el lunes 29 de junio a las 10 horas.
A la espera del documento que nos anuncia nos va a remitir hoy mismo, el Ministerio de Justicia ha informado de sus propuestas para la recuperación de la Administración de Justicia en los próximos meses. Estas son sus líneas esenciales de su propuesta:
- Para la primera fase de este plan (septiembre- diciembre de 2020) se considera necesario reforzar todos los órganos judiciales de la jurisdicción social y los especializados en materia mercantil que superen, en la media del partido, el 130 % del módulo de carga de trabajo establecido por el Consejo General del Poder Judicial con medidas de auto refuerzo.
- Se reforzarán además con refuerzos externos los órganos que superen el 200 % del módulo y aquellos que, sin llegar a este nivel, excedan del 130 % de pendencia.
- Las medidas de auto refuerzo consistirán en el establecimiento de un programa concreto de actuación por objetivos para un juez, un LAJ, dos funcionarios (Gestor o Tramitador) y un Auxilio Judicial por órgano.
- Las medidas de refuerzo externo consistirán en el nombramiento de equipos consistentes en un juez, un LAJ (social) o uno por cada dos jueces (mercantil), dos Gestores y dos Tramitadores, así como un Auxilio Judicial por cada cuatro equipos, y se encontrarán vinculadas a la resolución de asuntos urgentes (social) y reclamaciones de transporte aéreo (mercantil). Y su jornada será la ordinaria.
- Al no haber fuentes fiables del atraso en las jurisdicciones social y mercantil, determinan que los datos se irán actualizando cada dos meses. Es decir, en el mes de octubre se actualizarán para determinar si más órganos necesitan de medidas de refuerzo.
- La segunda fase comenzará el 1 de enero de 2021 e incluirá además medidas de refuerzo para la jurisdicción contenciosa.
- Las medidas se plantean para todas las CCAA transferidas o no, y es un marco de mínimos que puede ser incrementado en cada uno de los ámbitos.
- Este plan que propone el Ministerio de Justicia no agota otro tipo de medidas como la puesta en marcha de nuevos órganos judiciales extraordinarios en las jurisdicciones social y mercantil preferentemente, así como modificaciones legales en materia mercantil, sin descartar otras modificaciones.
- No se harán transformaciones de órganos judiciales, como Juzgados de Primera Instancia o mixtos en Mercantiles, sin previa negociación.
CCOO ha advertido, con carácter previo, lo siguiente:
- Hemos exigido al Ministerio de Justicia que nos dé traslado por escrito de su propuesta que incluya además las retribuciones que se proponen, así como el método para la cobertura de las plazas de los refuerzos externos, que debe ser de carácter voluntario. Este documento tiene que incluir también la anulación de las circulares sobre vacaciones, volviendo al sistema hasta ahora vigente, pues no solo es una modificación unilateral de las condiciones de trabajo sino que además es contradictorio con los planes de refuerzo que se nos traslada.
- Además hemos demandado que el incremento del complemento específico del ámbito no transferido hasta acercarlo al de las CCAA transferidas es una reclamación justa que mantenemos y que seguimos reclamando.
La propuesta de CCOO sobre la recuperación en la Administración de Justicia tiene los siguientes ejes:
1.- CON CARÁCTER PREVIO SE DEBE DETERMINAR EL ESTADO DE LA SITUACIÓN
Con el fin de determinar las prioridades para establecer planes de actuación, por los responsables de cada órgano, fiscalía o servicio, se certificarán los siguientes datos, con indicación de la fecha desde que está pendiente su tramitación:
- Número de asuntos pendientes de resolución definitiva.
- Número de ejecutorias en trámite.
- Número de escritos, recursos, demandas, denuncias, querellas, atestados o partes facultativos pendientes de incoar o de proveer.
- Número de inscripciones pendientes de realizar y número de expedientes en trámite en los Registros Civiles con especial mención de los expedientes de matrimonio y juras de expedientes de nacionalidad.
- Número de informes pendientes de emitir en los Institutos de Medicina Legal, Instituto Nacional de Toxicología, Fiscalías, informes periciales o de los equipos psicosociales.
- Número de diligencias pendientes de practicar en los Servicios Comunes de Actos de Comunicación y Ejecución.
- Número de escritos pendientes de registro y reparto en los servicios comunes o en los decanatos.
Las medidas de refuerzo que se proponen a continuación irán destinadas, por su orden, a las jurisdicciones dentro de cada partido judicial que mayor retraso tengan acumulado, conforme a los datos de asuntos pendientes anteriormente mencionados.
Deben tener prioridad los órganos y servicios con competencia en las actuaciones que afectan a los colectivos más vulnerables (trabajadores públicos y privados, ciudadanía afectada por las crisis, mujeres o menores en riesgo, inmigrantes).2.- MEDIDAS DE REFUERZO
A) Personal de Refuerzo.Se propone el nombramiento de 600 jueces/as sustitutos/as y magistrados/as suplentes, más el número de fiscales sustitutos que sean necesarios
Estas plazas de refuerzo se proveerán de forma voluntaria con preferencia para el personal del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
Con cada juez/a sustituto/a o magistrado/a suplente se constituirá un equipo de refuerzo integrado, además, por 1 LAJ, 2 GPA, 4 TPA y 1 AJ.
Con cada Fiscal de refuerzo se nombrará 1 GPA, 1 TPA y 1 AJ.
Para los servicios comunes y registros civiles en los que la carga de asuntos pendientes así lo justifique se nombrarán equipos de refuerzo conformados por 1 LAJ, 1 GPA, 1 TPA y 1 AJ.
En los IML se nombrará el número suficiente de personal de refuerzo del Cuerpo de Médicos Forenses y 1 TPA por cada Médico Forense.
En los departamentos del INTyCF se nombrará el número necesario de personal de los Cuerpos de Facultativos, Técnicos Especialistas de Laboratorio y Auxiliares de Laboratorio, así como de los cuerpos generales.
Estas plazas de refuerzo se proveerán de forma voluntaria a través de comisiones de servicio por personal del mismo cuerpo o por personal del cuerpo de titulación inmediatamente inferior en régimen de sustitución, seleccionado con criterios objetivos y negociados.
Las plazas no cubiertas de forma voluntaria por este sistema y las que queden disponibles en las de origen del personal que acceda voluntariamente a estas sustituciones serán cubiertas por personal interino.
Se procederá además a la cobertura inmediata de todas las plazas vacantes del personal laboral y a la contratación de personal laboral eventual de refuerzo de las categorías profesionales de Psicología, Trabajo Social y Peritos donde la pendencia de informes pendientes de emisión así lo justifique, con un mínimo de un/a trabajador/a de estas categorías en cada provincia.
B) Funciones y competencia de los equipos y personal de refuerzo.
Los equipos y personal de refuerzo conocerán de los asuntos más atrasados conforme a los datos a que se refiere el punto 1 y los atenderán por riguroso orden de antigüedad en la fecha de incoación del procedimiento o de la fecha desde la que esté pendiente la práctica de la diligencia o la emisión del informe en los servicios no jurisdiccionales.
C) Actuaciones en el resto de centros de trabajo donde no se nombre personal de refuerzo. Prolongaciones de jornada.
En los órganos judiciales, fiscalías y servicios en los que no se incorpore personal de refuerzo pero mantengan una pendencia superior a la media nacional o superen los módulos de trabajo se establecerán para el personal de todos los cuerpos funcionariales prolongaciones de jornada voluntarias hasta 40 horas semanales en jornada de mañana y tarde y retribuidas conforme se acuerde a través de la negociación colectiva.
D) Duración de las medidas de refuerzo y prolongaciones de jornada
El nombramiento de equipos y personal de refuerzo y la asignación de prolongaciones de jornada se hará por plazo de seis meses prorrogables.
Finalizado el quinto mes de la medida de refuerzo o prolongación de jornada se elaborará nuevamente un informe de situación con el mismo contenido que el señalado en el punto 1 y, a la vista de sus resultados se prorrogará, en su caso, la medida o se asignarán los refuerzos y prolongaciones de jornada a otros órganos o servicios con mayor volumen de pendencia. De esta forma se actuará cada semestre.
E) Financiación de las medidas de refuerzo.
El Gobierno dotará al Ministerio de Justicia y a las CCAA con competencias transferidas del presupuesto suficiente para la adopción de este plan de actuación con cargo a los fondos que se están negociando en la Unión Europea para paliar la crisis del COVID-19.
La crisis sanitaria aflora también las carencias del servicio público de la Administración de Justicia
2 abr 2020
Archivado en: Boe, Coronavirus, Juzgados, Prensa, Refuerzos
- Las medidas publicadas
en el BOE de 1 de abril para agilizar, tras el estado de alarma, la actividad en
los juzgados de lo social, contencioso-administrativo y mercantiles, están abocadas al fracaso por la crónica falta de medios en la
Administración de Justicia
La disposición adicional 19ª del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, publicado hoy en el BOE establece que el Gobierno aprobará, en el plazo máximo de 15 días tras el estado de alarma, un Plan de Actuación para agilizar la actividad judicial en los órdenes jurisdiccionales social y contencioso-administrativo, así como en el ámbito de los Juzgados de lo mercantil, con la finalidad de contribuir al objetivo de una rápida recuperación económica tras la superación de la crisis.Para CCOO, los datos indican que la situación de estos juzgados antes de esta crisis, como toda la administración de justicia, presentaba un panorama desolador: decenas de juzgados atascados o al borde del colapso, atrasos de años en la resolución de los procedimientos, señalamientos de juicios para dentro de dos o tres años, etc
Los datos estadísticos del Consejo General del Poder Judicial son absolutamente explícitos:
Tipo de
Juzgado
|
Asuntos
ingresados en 2019 (media por órgano)
|
Carga
anual de asuntos máxima por órgano estimada por el CGPJ
(BOE
29/12/18)
|
Asuntos
pendientes de resolver (media por órgano)
|
Juzgados de lo Social |
1061,50
|
800
|
807,68
|
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo |
598,30
|
570
|
408,88
|
Juzgados de lo Mercantil |
1089,78
|
435
|
1063,43
|
Ámbito no transferido: Acción Social 2020 y refuerzos convertidos en plantilla
27 mar 2020
Archivado en: Acción Social, Ámbito no transferido, Refuerzos
Acción social 2020
Aunque se trata de un tema menor, dada la situación que estamos viviendo, os informamos que la solicitud de ayudas de la Acción Social de 2020 que se puede solicitar hasta el próximo día 1 de abril de 2020, CCOO contactó con el Ministerio de Justicia y nos informaron que dichos plazos se ampliarán:No obstante, desde CCOO hemos comprobado que si accedéis al área privada de la página web del Ministerio de Justicia:
ENLACE ÁREA PRIVADA MINISTERIO DE JUSTICIA
E introduciendo vuestro usuario y contraseña podéis acceder y rellenar las ayudas de acción social, así como consultar la nómina, certificado de retenciones.
Por tanto, aquéllos/as que queráis y podáis (tengáis la documentación que, en en su caso, haya que aportar) podéis solicitarlo antes del 1 de abril. En caso contrario, podréis solicitarla posteriormente, cuando como CCOO ha reclamado, se amplíe el plazo, cuando volvamos a una situación de normalidad.
Refuerzos hasta el 29.02.2020 y convertidos en plantilla con efectos del 01.03.2020
En relación a los refuerzos que el 29 de febrero de 2020 cesaron como refuerzos y a partir del 01 de marzo de 2020 pasaron a ocupar plazas de plantilla, os informamos que al haber cambiado el nombramiento, en la nómina de este mes de marzo se os habrá liquidado la parte proporcional de la paga extra del mes de junio.Por tanto, el próximo mes de junio la paga extra que cobraréis corresponderá al periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2020 (fecha de comienzo del nuevo nombramiento) y el 30 de mayo de 2020.
Ámbito no transferido: CCOO aclara algunos aspectos del acuerdo de conversión en plantilla de más de 285 refuerzos
18 feb 2020
Archivado en: Ámbito no transferido, Personal Interino, Refuerzos
- Ante las informaciones que están tergiversando el contenido del Acuerdo entre el Ministerio de Justicia y CCOO, CSIF, STAJ y UGT, sobre la conversión de refuerzos en plantilla en el ámbito no transferido, con efecto de 1 de marzo de 2020, es preciso aclarar:
Ante las informaciones, que tergiversan el Acuerdo de 17 de diciembre pasado, que nos están llegando a CCOO acerca de algunas indicaciones que se están trasladando al personal interino de refuerzo que pasa a convertirse en personal interino de vacante el próximo 1 de marzo de 2020, desde CCOO nos vemos en la obligación de aclarar:
1.- El acuerdo, de 17 de diciembre de 2019, establece el fin de todos los refuerzos de tres años o más, y su conversión íntegra en plantilla estructurada con todos los derechos iguales a los del resto de personal interino.
2.- Todas las personas interinas de refuerzo que deseen voluntariamente su incorporación a la plaza vacante a la que se les adscribe, mantendrán su antigüedad como refuerzo a los efectos de su prelación ante un eventual cese si se ocupa su plaza por personal titular.
3.- Las personas interinas que no acepten voluntariamente su nombramiento, se incorporarán a la bolsa de trabajo de su ámbito, pero las plazas que no ocupen serán ofertadas en sustitución vertical o comisión de servicio entre el personal de carrera con preferencia al llamamiento de nombramiento de interino.
4.- Ninguna persona hace renuncia alguna con estos nombramientos a una eventual indemnización por el cese en el caso de que decida acudir a los Tribunales.
5.- Todas las plazas de plantilla, en la que se convierten los refuerzos, son del ámbito territorial no transferido en el que se encuentran destinados actualmente.
6.- Todas las personas de los cuerpos generales y especiales destinados en un ámbito territorial en la actualidad como refuerzo, y, a partir del 1 de marzo, como plantilla (interino de vacante), seguirán perteneciendo a la plantilla y a la bolsa de su ámbito. Por tanto, no podrán ser trasladados a otro ámbito territorial u otra bolsa de otro ámbito, si no es mediante acuerdo voluntario de cambio de bolsa, como viene sucediendo en la actualidad (existen tres excepciones que fueron rechazadas por CCOO en la negociación: una plaza de Forense de OOCC de Madrid que se adscribe al IML de Guadalajara y dos plazas de la provincia de Segovia que se adscriben en localidades distintas, si bien de la misma provincia).