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Ámbito no transferido: el Ministerio de Justicia remite por fin la circular sobre Vacaciones y permisos 2020 que se pueden disfrutar hasta el 31 de marzo de 2021


4 dic 2020


 


Publicamos las circulares (para Letrados y cuerpos generales y especiales) y el correo que hemos recibido a las 10:55 horas.


Para CCOO es inadmisible el retraso en remitir esta circular, a cuatro horas de empezar un largo puente, y, aún peor, es inaceptable la respuesta del Ministerio de Justicia a nuestra demanda de que todas las vacaciones y permisos 2020, pendientes de disfrutar, se hubieran podido coger hasta el 31 de marzo de 2021, como ha venido demandando CCOO desde el mes de junio pasado, sin justificación alguna.

 

El Ministerio de Justicia decide contra nuestra posición de que solo se podrán disfrutar sin justificación alguna hasta el 31 de marzo de 2021, 3 días de los de permiso de asuntos particulares



El resto de vacaciones y permisos se podrán disfrutar hasta el 31 de marzo de 2021, PERO HABRÁ QUE JUSTIFICARLOS, por lo que si no se justifican deberán disfrutarse hasta el 31 de enero de 2021.

Las circulares expresan literalmente:


"Que los funcionarios de los Cuerpos Generales y Especiales de la Administración de Justicia en el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia, siempre que concurran las circunstancias y requisitos previstos en la ley para su concesión: 

1. Puedan, como regla general, disfrutar hasta el 31 de enero de 2021 de las vacaciones y días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2020.

2. No obstante, se podrá también autorizar el disfrute de las vacaciones correspondientes al año 2020 hasta el 31 de marzo de 2021 a los funcionarios de los Cuerpos Generales y Especiales de la Administración de Justicia del territorio no transferido:

 - Destinados en aquellas unidades donde, de no hacerlo y dada su naturaleza y funciones, así como la imposibilidad de arbitrar mecanismos de sustitución, se produzca un riesgo cierto o incluso el colapso de la prestación ordinaria de servicios públicos durante los meses de diciembre y enero de 2021; o bien 

 - En aquellos casos específicos de peticiones de disfrute durante 2020 que hayan sido denegadas expresamente, cuando el motivo de la denegación haya estado fundamentado en las necesidades del servicio.

3. Además, y con carácter excepcional, hasta el 31 de marzo de 2021 podrán disfrutar de tres de los días de permiso por asuntos particulares que les correspondan del año 2020 y no hubieren consumido hasta el 31 de enero de 2021.

4. La presente resolución producirá sus efectos desde el momento de su firma."


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Àmbito no transferido: el Ministerio rechaza la ampliación del disfrute general de permisos y vacaciones hasta marzo de 2021


1 dic 2020



  • Mesa sectorial: El Ministerio de Justicia contesta por fin a las reclamaciones sobre la ampliación del plazo para el disfrute de los permisos y vacaciones 2020 hasta fin de marzo de 2021.
  • Solo admitirá el disfrute hasta el 31 de marzo de 2021 en casos excepcionales y justificados.


RESPUESTA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA A LA RECLAMACIÓN DE CCOO PARA LA EXTENSIÓN DE TODOS LOS PERMISOS Y VACACIONES PENDIENTES DE 2020 HASTA MARZO 2021: SOLO SE AUTORIZARÁN VACACIONES 2020 PENDIENTES HASTA MARZO 2021 EN LOS CASOS DEBIDAMENTE JUSTIFICADOS, Y SOLO 3 DÍAS DE LOS PERMISOS PENDIENTES

CCOO RESPONDE AL MINISTERIO DE JUSTICIA: ESTA RESPUESTA DEMUESTRA LA MÁS ABSOLUTA FALTA DE INTERÉS Y COMPROMISO CON EL SERVICIO PÚBLICO DEL MINISTERIO Y LA CONDENA A CIENTOS DE PERSONAS QUE NO VAN A PODER DISFRUTAR DE LOS PERMISOS PENDIENTES 


La torpe, inadmisible y agresiva respuesta con los derechos del personal de la Administración de Justicia del ámbito de competencias del Ministerio de Justicia y con el servicio público, que ha expresado el Ministerio en la mesa sectorial, celebrada hoy, 1 de diciembre, tras meses sin contestar ni aceptar nuestra reclamación, ha sido: 

Sobre los días de vacaciones, pendientes de disfrutar de 2020, se podrán tomar hasta 31 de marzo de 2021, pero solo en casos excepcionales o que hayan sido denegadas por necesidades del servicio. El Ministerio de Justicia alega que con la regulación que hicieron en Justicia ya tenían que haberse cogido las vacaciones en julio, agosto y septiembre; se aplicará la redacción literal de Función Pública (escrito de Función Pública a los departamentos Ministeriales recogidos en esta nota de CCOO de 25 de noviembre pasado, enlace: Función Pública sí autoriza la extensión de vacaciones y permisos 2020 a marzo 2021) . Permisos por asuntos particulares: 3 de los días se pueden coger hasta 31 de marzo” 

CCOO ha contestado que esta respuesta, además de hacerse con meses de retraso pues esta reclamación se viene realizando desde el mes de junio ante lo que parecía evidente que iba a ocurrir con la evolución de la pandemia, es una declaración de negligencia expresa del Ministerio de Justicia contra el servicio público que nos debemos a la ciudadanía, y que hará que los Juzgados no puedan atenderse en las condiciones adecuadas durante los meses de diciembre y enero. 

Es, además, una demostración de ignorancia de lo que sucede en los órganos de la Administración de Justicia, pues si se justifica por el Ministerio de Justicia que serán solo las necesidades del servicio las que permitan esa ampliación hasta marzo de 2021 del disfrute de los días de permiso y vacaciones pendientes, se desconoce que la situación es generalizada en todos los órganos, porque la pandemia ha obligado a miles de personas a no poder salir de sus ciudades durante meses, ya que desde septiembre muchas CCAA han estado cerradas para salir y entrar. 

Desconocemos si las personas que toman las decisiones en el Ministerio de Justicia viven en otro mundo, o es que ellos y ellas sí han tenido un permiso especial para entrar en CCAA cerradas perimetralmente. Lo que constituiría un presunto abuso de poder o un privilegio inadmisible.

El Ministerio de Justicia no ha cambiado de postura en la reunión, a pesar de nuestras alegaciones, manifestando que no encuentra motivos para cambiar su posición. Y que trasladará a las Gerencias esta posición como definitiva.


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El Ministerio de Justicia convoca reunión sobre el teletrabajo y sobre lo que denomina criterios de ampliación del período de disfrute de permisos y vacaciones de 2020


28 nov 2020



El Ministerio de Justicia convoca reunión sobre el teletrabajo y sobre lo que denomina criterios de ampliación del período de disfrute de permisos y vacaciones de 2020


Este es el orden del día de la convocatoria para el martes, 1 de diciembre, remitido por el Ministerio de Justicia:

Os convocamos a la reunión de la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia para el próximo martes 1 de diciembre a las 11,00 por videoconferencia (los datos de enlace se enviarán el lunes)

Orden del día:

1. Borrador de resolución por la que se regula la prestación de servicios en modalidad de teletrabajo en la Administración de Justicia

2. Ámbito no transferido: Criterios de ampliación del periodo de disfrute de las vacaciones y permisos por asuntos particulares para 2020

3. Ámbito no transferido: Modificación de las RPTs de las Oficinas Judiciales de Cuenca y Murcia, como consecuencia de la entrada en funcionamiento el 31 de diciembre de 2020 del Juzgado de lo Social nº 2 de Cuenca y del Juzgado de lo Mercantil nº3 de Murcia

4. Ruegos y preguntas

Un cordial saludo

Subd. Gral. de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia

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CCOO reitera al Ministerio de Justicia que apruebe ya que las vacaciones y permisos de 2020 pendientes puedan disfrutarse hasta, al menos, el 31 de marzo de 2021


25 nov 2020



El Ministerio de Política Territorial y Función Pública cambia de criterio ante la presión de CCOO en todos los ámbitos de la Administración y autoriza a los departamentos la ampliación del disfrute de vacaciones y permisos hasta marzo de 2021 

CCOO REITERA LA NECESIDAD DE QUE EL MINISTERIO DE JUSTICIA APRUEBE QUE LAS VACACIONES Y PERMISOS DE 2020 PENDIENTES PUEDAN DISFRUTARSE HASTA, AL MENOS, EL 31 DE MARZO DE 2021

CCOO se ha vuelto a dirigir al Ministerio de Justicia solicitando de nuevo la ampliación de las vacaciones y permisos de 2020 hasta al menos el 31 de marzo de 2021, pues con el cambio de posición de Función Pública ya no tiene excusas. Esta es el texto literal de la carta que hemos enviado:

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ACCESO Y PROMOCIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid a 25 de noviembre de 2020

Como sabe el Ministerio de Justicia en general, y esa Subdirección General en particular, CCOO viene demandando desde hace meses, y de forma reiterada cada poco tiempo, que se apruebe una norma que permita a todo el personal de la Administración de Justicia el disfrute de sus vacaciones y días de asuntos particulares correspondientes a 2020, hasta el día 31 de marzo de 2021

Esta petición tiene su fundamento, como hemos venido reclamando, en dos premisas:

- La necesidad de que durante los meses de diciembre y enero próximos el servicio público pueda estar atendido en las mejores condiciones, dado el altísimo número de personal que aún disponen de numerosos días pendientes de disfrutar, por la situación especial derivada de la pandemia, que ha obligado a numerosas personas, personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia, a no poder disfrutar sus días de permiso en condiciones normales, pues han sido, y durante largos períodos, las CCAA que han tenido su ámbito territorial cerrado ante el crecimiento de los casos por Covid 19

- La situación absolutamente excepcional para todo el personal (tanto personal funcionario como laboral) producida en 2020, que ha impedido disfrutar de la forma ordinaria sus vacaciones y permisos a cientos de compañeros y compañeras, al no poder desplazarse por el estado de la pandemia, teniendo en muchos casos que permanecer en sus localidades, e incluso en sus barrios, por el cierre realizado por las CCAA

Esa Subdirección siempre nos ha contestado con la negativa a aceptar nuestra propuesta, alegando que Función Pública no lo permitía. Si bien esta respuesta no nos satisfacía, y así lo expresamos una y otra vez, pues entendemos que el Ministerio de Justicia debía adoptar la medida solicitada por CCOO, en defensa del interés ciudadano y de los derechos de las y los trabajadores.

Pues bien, ahora la Subdirección de Relaciones Laborales del Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha emitido esta nota, dirigida a las organizaciones sindicales representativas de la Administración General del Estado en los términos siguientes:

“La Comisión Superior de Personal, en atención a las especiales circunstancias acaecidas durante este año

ACUERDA:

Que la fecha máxima para el disfrute de las vacaciones correspondientes a 2020 es, como regla general,  el  31 de enero de 2021,  de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 9.3 de la  Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos

Que no obstante lo anterior y de forma absolutamente excepcional,  las Subsecretarías de cada Ministerio, en el ámbito de sus competencias,  previa comunicación a la Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública,  podrán autorizar el disfrute de las vacaciones correspondientes a 2020 hasta el 31 de marzo de 2021 en aquellas unidades que,  de no hacerlo y  dada su naturaleza y funciones suponga un riesgo cierto  o incluso colapso de la  prestación ordinaria de servicios públicos durante los meses de diciembre y enero de 2021

Que Igualmente, podrá autorizarse el disfrute de las vacaciones hasta el 31 de marzo de 2021 en aquellos casos específicos de peticiones de disfrute durante 2020 que hayan sido denegadas expresamente cuando el motivo de la denegación haya estado fundamentado en las necesidades del servicio para su correcta prestación.”

Un saludo

Subdirección General de Relaciones Laborales

Sin perjuicio de que para CCOO esta medida es absolutamente insuficiente, y así lo hemos trasladado a Función Pública, pues consideramos que es necesario autorizar este disfrute con carácter general, sin limitaciones subjetivas que quedan a elección de cada organismo, desde el Sector de la Administración de Justicia de CCOO demandamos de nuevo, dado que el argumento del Ministerio de Justicia para no aceptar nuestra reclamación ha sido siempre la negativa de Función Pública, negativa que ya no existe:

La extensión, al menos, hasta el 31 de marzo de 2021, del disfrute de las vacaciones y días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2020 a todo el personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia


CCOO se dirigirá de inmediato también a todas las CCAA con competencias que no hayan aún autorizado la ampliación del disfrute de vacaciones y permisos de 2020, al menos hasta marzo de 2021 (alguna CCAA ya ha ampliado este disfrute más allá del mes de marzo de 2021), para que lo hagan y de forma inmediata

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Ante la falta de respuesta del Ministerio de Justicia, nuevo escrito de CCOO solicitando ampliación del disfrute de vacaciones y permisos de 2020 hasta, al menos, el 31 de marzo 2021


19 nov 2020



Ante la falta de respuesta del Ministerio de Justicia: nuevo escrito de CCOO solicitando ampliación del disfrute de vacaciones y permisos de 2020 hasta, al menos, el 31 de marzo 2021

CCOO se dirige de nuevo al Ministerio de Justicia reclamando que se acepte, de una vez, esta justa reclamación, no solo en defensa de los derechos de todo el personal de la Administración de Justicia, sino también del servicio público

Reproducimos el nuevo escrito que CCOO ha remitido en el día de hoy al Ministerio de Justicia

SUBDIRECTOR GENERAL DE ACCESO Y PROMOCIÓN DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid a 19 de noviembre 2020

Buenos días José Ramón:

En relación con la petición reiterada de CCOO (realizada en nuestro ámbito, pero no sólo, pues todas las secciones sindicales de CCOO de la Administración General del Estado, lo han hecho igual que nosotros) de ampliar el disfrute de vacaciones y permisos, correspondientes a 2020, hasta al menos el 31 de marzo de 2021, la reiteramos de nuevo, dadas las fechas en que nos encontramos (19 de noviembre)

Sabe todo el mundo, y estamos seguros que al Ministerio de Justicia tampoco se le escapa, que muchas Administraciones con competencias transferidas han accedido a aceptar esta petición, y, esencialmente, sabe el Ministerio de Justicia que no acceder a la misma conlleva al menos dos graves problemas:
  • Para el servicio público. Porque Letrados, y todos los cuerpos de la Administración de Justicia se verán abocados a tomar las vacaciones, y permisos pendientes, al mismo tiempo, y en un plazo tan pequeño que podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses ciudadanos
  • Para los derechos del personal. Porque dada la situación actual de la pandemia, y la previsión poco optimista que se nos traslada desde el Gobierno central y desde los de las CCAA, es previsible que, ni siquiera en Navidad, se puedan reunir las familias fuera de la localidad en la que viven las personas de una misma familia. Todo esto complica aún más, que el período de disfrute de las vacaciones y permisos 2020 acabe el 31 de enero de 2021
Además, muchas personas trabajadoras no han podido coger días de permiso en estas últimas semanas, por el confinamiento perimetral en más de 7 CCAA, algunas del ámbito no transferido

Sentimos ser insistentes, pero entendemos que es una obligación del Ministerio de Justicia velar por los intereses ciudadanos y los del personal al servicio de la Administración de Justicia, por lo que SOLICITAMOS, de nuevo:

LA AMPLIACIÓN DEL DISFRUTE DE LAS VACACIONES Y PERMISOS 2020 HASTA AL MENOS EL 31 DE MARZO DE 2021

Rogamos que esta decisión se comunique formalmente al personal lo antes posible, para que todas las personas afectadas puedan disponer de la información para adecuar sus permisos pendientes cuanto antes

Sin perjuicio de una nueva ampliación a meses sucesivos en caso de que continúe la situación de restricción a la movilidad

Saludos

Javier Hernández
Responsable de Acción Sindical del Sector de la Administración de Justicia de CCOO

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Instrucción de la Gerencia de Murcia sobre las vacaciones 2020


15 jun 2020


  • El Ministro de Justicia liquida de un plumazo y sin justificación el régimen de disfrute de las vacaciones para este año, obligando a que las y los funcionarios de los Cuerpos Generales, Especiales y LAJ, las tomen en el mes de agosto.


Esta mañana la Gerencia ha remitido la Instrucción sobre las vacaciones 2020, con las limitaciones establecidas en la Circular 1/2020 de la Dirección General para el Servicio Público de la Justicia.


I

AGOSTO:

1-10: TRABAJARÁ UN MÁXIMO DE ENTRE EL 10
Y EL 20 % DE LA PLANTILLA

11-31: TRABAJARÁ UN MÁXIMO DE ENTRE EL
20 Y EL 30 % DE LA PLANTILLA
(Salvo Juzgados de Guardia u otras necesidades del servicio)


JULIO Y SEPTIEMBRE: 

TRABAJARÁ UN MÍNIMO DE ENTRE EL
70 Y EL 80 % DE LA PLANTILLA
(Excepto órganos de menos de 3 funcionarios, que no podrán simultanear)
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Ámbito no transferido: circulares de vacaciones Cuerpos Generales, Especiales y Letrados


10 jun 2020




  • El Ministro de Justicia liquida de un plumazo y sin justificación el régimen de disfrute de las vacaciones para este año, obligando a que las y los funcionarios de los Cuerpos Generales, Especiales y LAJ, las tomen en el mes de agosto.


El Ministerio ha remitido las circulares firmadas relativas al disfrute de vacaciones del año 2020 del ámbito no transferido que nos acaba de remitir el Ministerio de Justicia.

Buenos días

Os remito la Circular 3/2020 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, de medidas extraordinarias de tramitación y criterios excepcionales sobre la prestación del servicio de los letrados de la administración de justicia durante los meses de verano de 2020 y la Circular 1/2020 de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, sobre necesidades del servicio de los funcionarios de los cuerpos generales y especiales de la administración de justicia del territorio no transferido durante los meses de verano de 2020, ambas firmadas en el día de hoy.

Un cordial saludo

José Ramón Crespo Sánchez
Subd. Gral. de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia
Ministerio de Justicia



Cuadro con los porcentajes (%) de personal de cada órgano que pretende el Ministerio de Justicia puedan disfrutar de vacaciones en cada período de los meses de julio a septiembre:


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El Ministerio de Justicia liquida de un plumazo y sin justificación los derechos del personal al disfrute de las vacaciones para este año


3 jun 2020


  • Reunión con el Ministerio de Justicia relativa a la circular sobre vacaciones de cuerpos generales y especiales y la circular sobre vacaciones de los LAJs y aspectos procesales para conciliar la vida laboral y familiar en el mes de agosto.

  • Si bien, las circulares del Ministerio de Justicia hacen referencia exclusivamente al ámbito no transferido, estos documentos son una clara guía para que las CCAA continúen por esta senda de eliminación de derechos, derechos que no podemos permitir que nos arrebaten.

  • Vacaciones 2020: el Ministerio se empecina en obligar al personal funcionario a disfrutar de sus vacaciones en el mes de agosto y hace el ridículo en su decisión de convertirlo en hábil para todas las actuaciones dicho mes.

EL MINISTRO DE JUSTICIA LIQUIDA DE UN PLUMAZO Y SIN JUSTIFICACIÓN EL RÉGIMEN DE DISFRUTE DE LAS VACACIONES PARA ESTE AÑO, OBLIGANDO A QUE LAS Y LOS FUNCIONARIOS DE LOS CUERPOS GENERALES, ESPECIALES Y LAJ LAS TOMEN EN EL MES DE AGOSTO

El ministerio se desdice de su plan de habilitar el mes de agosto, presionado por jueces, abogados y procuradores, "recomendando" limitar la celebración de actuaciones.

CCOO ha denunciado la falta de negociación real de estas Circulares que afectan de lleno a las condiciones de trabajo, con el incumplimiento del derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar y la ausencia de motivos que legalmente  justifiquen esta decisión.


Lo único que hemos conseguido hoy las organizaciones sindicales es que, al parecer, va a haber una revisión terminológica del texto de la Circular, dirigida a eliminar la alusión al derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar que la Circular esgrimía como motivo para justificar este capricho del Ministro en obligar al personal funcionario a tal estupidez, y luego introducir una ligera flexibilidad en la aplicación de la Circular y algunos matices; es lo que pasa cuando las reuniones se plantean para hacer el “paripé”; es lo que pasa cuando las decisiones se toman en los despachos del Ministerio iluminadas por Consejeros, principalmente, que lógicamente desconocen la realidad de los Juzgados y animados por la megalomanía del actual Ministro, destrozan más que arreglan.

Reuniones en las que se ausentan la Directora General, los Secretarios Generales y el Ministro, curiosamente, siempre ocupados en esa magna tarea de gestión del Ministerio, que más bien se limita a fastidiar, enredar, y toquetear hasta estropear, lo que hasta hoy siempre ha funcionado bien.

Sirva de ejemplo la Circular 3/2020 que acompaña a la de las vacaciones. En esa Circular el Ministro obligado por el CGPJ y la Fiscalía, además de colegios Profesionales se ha visto obligado a recular, vaciando de contenido la declaración de habilidad del mes de agosto, que de facto la Circular convierte en inhábil.

Hoy hemos contado con la presencia, de aproximadamente una hora, de las tres y media que ha durado la reunión, de un asesor de la Secretaría General que se ha atrevido a afirmar, en lo que constituye un sarcasmo, que valorarían la posibilidad de poder disfrutar las vacaciones hasta el 31 de marzo de 2021, cuando la Circular obliga a que el 90% la disfrute en Agosto y el resto entre junio, julio y septiembre, en fin…una descarada vulneración de los derechos del personal de la Administración de Justicia.

En nuestro turno de palabra, CCOO ha denunciado la falta de negociación de las condiciones de trabajo, falta de negociación en que reiteradamente incurre este Ministerio a pesar de las Sentencias ganadas por CCOO que les obliga a ello, es lo que pasa cuando nuestra legislación ampara estas actitudes de claro incumplimiento de las Sentencias, cuando resulta complicado exigir responsabilidades personales a estos incumplidores.

Hemos denunciado que la Circular de Vacaciones imposibilita la conciliación de la vida laboral y familiar de las y los funcionarios, sin flexibilidad para adecuar las vacaciones a las necesidades del resto de la familia y personales. Hemos denunciado la ilegalidad de la decisión cuando se carece de cualquier dato sobre la pendencia y volumen de trabajo de los Juzgados. Hemos denunciado la falta de criterios objetivos para la concesión de las vacaciones que quedan al albur y discreción sin posibilidad de fiscalización de Secretarios/as Coordinadores/as y Gerencias.

CCOO ha defendido que en la actual situación es perfectamente asumible el disfrute de las vacaciones según la vigente regulación, 11 días hábiles como mínimo entre junio y septiembre, y el resto de los días disfrutarlo durante los otros meses y hasta el 31 de marzo de 2021, no estableciendo límites de plantilla en el mes de agosto, mes en el que tradicionalmente muchos Juzgados se ponen al día gracias a su inhabilidad.

Desgraciadamente no van a hacernos ningún caso y estamos seguros de que las consecuencias de estas cabezonerías publicitarias van a ser desastrosas. CCOO estudiará la presentación de los recursos contra estas normas que vulneran claramente los derechos del personal de la Administración de Justicia.

Tras la reunión, a última hora de la tarde, el ministerio ha remitido borradores de las resoluciones con algunos cambios respecto a los iniciales.


BORRADOR CIRCULAR 3/2020 MEDIDAS EXTRAORDINARIAS Y PRESTACIÓN SERVICIO LAJ'S

BORRADOR CIRCULAR NECESIDADES DEL SERVICIO CUERPOS GENERALES Y ESPECIALES


Borrador inicial
PERÍODO DE VACACIONES
EN 2020
VACACIONES ENTRE EL 1 Y EL 10 DE AGOSTO
VACACIONES ENTRE EL 11 Y EL 31 DE AGOSTO
VACACIONES EN LOS MESES DE JUNIO, JULIO Y SEPTIEMBRE
% DE PERSONAL QUE PUEDE COGER VACACIONES
MÍNIMO DEL 90 % DEL PERSONAL DE CADA ÓRGANO
MÍNIMO ENTRE EL 70 Y EL 80 % DE CADA ÓRGANO
MÁXIMO DEL 20% DE LA PLANTILLA DE CADA ÓRGANO


CON LAS NUEVAS CIRCULARES DE VACACIONES 2020 REMITIDAS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA A LAS 21:17 HORAS DE HOY 3 DE JUNIO 

DESAPARECE EL MES DE JUNIO ENTRE LOS MESES EN LOS QUE SE RESTRINGE EL NÚMERO DE PERSONAS QUE PUEDEN COGER VACACIONES EN DICHO MES, SE MANTIENEN JULIO Y SEPTIEMBRE

SE MODIFICAN LIGERAMENTE LOS PORCENTAJES DE PERSONAS QUE PUEDEN COGER VACACIONES EN JULIO Y SEPTIEMBRE


Borrador tras la reunión 
PERÍODO DE VACACIONES
EN 2020
VACACIONES ENTRE EL 1 Y EL 10 DE AGOSTO
VACACIONES ENTRE EL 11 Y EL 31 DE AGOSTO
VACACIONES EN LOS MESES DE JULIO Y SEPTIEMBRE
% DE PERSONAL QUE PUEDE COGER VACACIONES
MÍNIMO DEL 80 AL 90 % DEL PERSONAL DE CADA ÓRGANO
MÍNIMO ENTRE EL 70 Y EL 80 % DE CADA ÓRGANO
MÁXIMO DEL 20 AL 30 % DE LA PLANTILLA DE CADA ÓRGANO



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El Ministerio de Justicia acaba de remitir dos documentos: PROPUESTA SOBRE CRITERIOS DE VACACIONES EN AGOSTO 2020 y Restablecimiento de la jornada ordinaria en el Registro Civil


28 may 2020



Tras la reunión de esta mañana por videoconferencia sobre los criterios de vacaciones 2020 entre los sindicatos y el Ministerio, en la que la Administración no presentó documento alguno, ni con carácter previo ni en la propia reunión, el Ministerio de Justicia acaba de remitir a los sindicatos representativos estos dos documentos, que recogen lo mismo que lo dicho en la reunión por los representantes del Ministerio de Justicia. Estos son los documentos que nos han remitido:

1.- PROPUESTA SOBRE CRITERIOS DE VACACIONES EN AGOSTO 2020 (en el documento del Ministerio de Justicia se amplía hasta 31 de marzo de 2021 el periodo de disfrute de los días correspondientes a 2020, y se mantienen las mismas retricciones en el disfrute de las vacaciones, anunciadas esta mañana por el Ministerio de Justicia, que rechazamos frontalmente).

2.- BORRADOR DE RESOLUCIÓN DEL MINISTRO DE JUSTICIA POR LA QUE SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DE FECHA 23 DE MARZO DE 2020, RESTABLECIENDO EL HORARIO DE TRABAJO ORDINARIO EN EL REGISTRO CIVIL

En este borrador se incluye: "Se deja sin efecto la resolución dictada en fecha 23 de marzo de 2020, restituyendo el horario ordinario de los Registros Civiles, en los que se prestará servicio en la forma que se establezca en cada una de las fases de “desescalada” para el personal al servicio de la Administración de Justicia".

Reiteramos lo publicado anteriormente:

Nuevo desprecio del Ministerio de Justicia al derecho de los trabajadores y las trabajadoras a la negociación colectiva de las vacaciones de este verano


CCOO HEMOS VUELTO A DENUNCIAR EN LA REUNIÓN CELEBRADA HOY POR VIDEOCONFERENCIA LA FALTA DE PROPUESTAS POR ESCRITO CON CARÁCTER PREVIO A LAS REUNIONES, EL ANUNCIO VERBAL DE LAS PROPUESTAS Y LA EXIGENCIA DE TENER QUE OPINAR EN EL ACTO SOBRE LAS MISMAS, SIN POSIBILIDAD DE CONSULTARLAS CON EL PERSONAL AFECTADO

Hemos vuelto a exigir la convocatoria formal de una mesa de negociación para las vacaciones de los cuerpos de LAJ y generales y especiales del ámbito no transferido y, simultáneamente, la negociación colectiva de las vacaciones de este año en los territorios con competencias transferidas
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Nuevo desprecio del Ministerio de Justicia al derecho de los trabajadores y las trabajadoras a la negociación colectiva de las vacaciones de este verano



  • Nuevo desprecio del Ministerio de Justicia al derecho de los trabajadores y las trabajadoras a la negociación colectiva de las vacaciones de este verano.

CCOO HA VUELTO A DENUNCIAR EN LA REUNIÓN CELEBRADA HOY POR VIDEOCONFERENCIA LA FALTA DE PROPUESTAS POR ESCRITO CON CARÁCTER PREVIO A LAS REUNIONES, EL ANUNCIO VERBAL DE LAS PROPUESTAS Y LA EXIGENCIA DE TENER QUE OPINAR EN EL ACTO SOBRE LAS MISMAS, SIN POSIBILIDAD DE CONSULTARLAS CON EL PERSONAL AFECTADO.

Hemos vuelto a exigir la convocatoria formal de una mesa de negociación para las vacaciones de los cuerpos de LAJ y generales y especiales del ámbito no transferido y, simultáneamente, la negociación colectiva de las vacaciones de este año en los territorios con competencias transferidas

Para la mañana de hoy se convocó ayer, a las 21.39 horas de la noche, una reunión por videoconferencia del Ministerio de Justicia con las organizaciones sindicales, indicando que la misma era para “tratar los asuntos derivados de la habilitación parcial del mes de agosto”. A pesar de que CCOO y otros sindicatos reclamamos que se nos remitieran las propuestas del Ministerio antes de la reunión, una vez más se han negado a hacerlo a pesar de que luego hemos comprobado que dichas propuestas afectan, y muy significativamente, a nuestro derecho a vacaciones anuales. Las propuestas del ministerio, verbalmente comunicadas han sido:

1.- El Ministerio dictará dos resoluciones; la primera referida a aspectos procesales y a las vacaciones del cuerpo de LAJ, y la segunda referida al resto de cuerpos del ámbito no transferido que las CCAA con competencias transferidas podrán tomar o no en consideración.

2.- En cuanto a los aspectos procesales, el Ministerio hará simples recomendaciones (ya que dicen no poder ordenarlo) para que, respecto a la presentación de escritos, a la realización de comparecencias y a la práctica de diligencias fuera de la sede judicial del 11 al 31 de Agosto, solo se hagan de forma telemática salvo las muy urgentes, posponiéndose las no urgentes que exijan presencia física para septiembre.

3.- Para las vacaciones de todos los cuerpos (salvo carrera judicial y fiscal), que dependen directamente del Ministerio y como recomendación a las CCAA con competencias transferidas para su personal se plantean tres períodos con el siguiente régimen de vacaciones:

  • Meses de junio, julio y septiembre: tendrá que permanecer en el centro de trabajo un mínimo del 80% de las plantillas.
  • Del 1 al 10 de agosto: solo podrá permanecer en el centro de trabajo un máximo el 10% de las plantillas (podrá ampliarse para los servicios de guardia).
  • Del 11 al 31 de agosto: solo podrá permanecer en el centro de trabajo un máximo que oscilará entre el 20 y el 30% de las plantillas.

4.- Las vacaciones se organizarán con criterios de voluntariedad mediante un cuadro que aprobará la Secretaría de Coordinación o de Gobierno para el cuerpo de LAJ y las gerencias territoriales para el resto de cuerpos en el ámbito no transferido, con el visto bueno de la persona responsable del órgano no vinculante

Nos informan que estas propuestas no están cerradas y que se las trasladarán también para consulta a las CCAA antes de su aprobación definitiva

CCOO HA EXIGIDO LA CONVOCATORIA INMEDIATA DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y QUE SE REMITA PREVIAMENTE POR ESCRITO LA PROPUESTA QUE SERÁ NEGOCIADA

ANTE ESTA LIMITACIÓN EXTRAORDINARIA Y NO JUSTIFICADA DE NUESTRO DERECHO A VACACIONES ANUALES Y A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL, PERSONAL Y FAMILIAR, CCOO HA EXPRESADO SU TOTAL OPOSICIÓN, Y UTILIZAREMOS TODOS LOS MEDIOS LEGALES DE QUE DISPONEMOS PARA IMPEDIR ESTA IMPORTANTÍSIMA MODIFICACIÓN DE NUESTRAS CONDICIONES DE TRABAJO DE FORMA UNILATERAL Y SIN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA A QUE OBLIGA LA LEY


En otro orden de cosas, CCOO ha reiterado otras exigencias ya formuladas por escrito:

  • Que se dicte de inmediato la resolución correspondiente para volver a la normalidad en la jornada y horario de los registros civiles, ya que se está obligando en muchos casos a compañeros y compañeras a asistir en jornada de tarde cuando lleva semanas sin asistir en dicho horario ninguna funeraria para tramitar las defunciones.
  • Que se ordene a la Gerencia de la MUGEJU el pago inmediato de los subsidios por incapacidad laboral y permanente y de las prestaciones solicitadas antes y durante el estado de alarma, cuyo abono está paralizado, si bien, a esta hora, acabamos de confirmar que las prestaciones pendientes solicitadas antes del Estado de Alarma se empezarán a abonar de inmediato.
  • Que se garantice el cumplimiento de las medidas preventivas para evitar contagios (distancia de seguridad, aislamiento en casos de contacto estrecho, disponibilidad de EPIs en todos los puestos de trabajo)

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Instrucción de vacaciones 2019 Gerencia Territorial de Murcia


21 may 2019




Publicamos la instrucción de vacaciones 2019 que nos ha remitido la Gerencia Territorial de Murcia.

En 2019 podemos disfrutar de 10 días de asuntos particulares (por caer en sábado el 12 de octubre), además de los 3 días correspondientes a 2017 y otros 3 del 2018.

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CCOO exige al Ministerio que respete los derechos del personal que ha trabajado entre el 1.1.2017 y el 31.12.2018


18 ene 2019


  • Ante la nueva circular de 17 de enero del Ministerio de Justicia sobre nueva instrucción de permisos para 2019:

CCOO EXIGE AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE RESPETE LOS DERECHOS DEL PERSONAL QUE HA TRABAJADO ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2017 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018

Ante la nueva circular del Ministerio de Justicia sobre permisos 2019, publicada ayer, que si bien recoge algunas de nuestras demandas (como que se puedan unir los días de asuntos particulares de 2019 con los 7 días de vacaciones que se puedan disfrutar independientes), y tal como anunciábamos nada más recibirla a las 15 horas del 17 de enero, CCOO ha presentado en el día de hoy alegaciones a la misma, mediante escrito remitido al Subdirector General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia en el que le hemos exigido que corrija la circular y la modifique en el sentido siguiente (párrafos 5 b) y 5 c) de la circular):

Todo el personal de la Administración de Justicia tendrá derecho a la parte proporcional de los días que le correspondan según los días trabajados en el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y 31 de diciembre de 2018, en relación al disfrute de los tres días de asuntos particulares de 2017 y los tres días de 2018, establecidos en la disposición transitoria segunda de la LO 4/2018 de 28 de diciembre. 
Todo el personal de la Administración de Justicia que sea cesado en 2019 y tenga un nuevo nombramiento en ese año, podrá disfrutar los días que les correspondan relativos a 2017 y 2018, según lo establecido en el párrafo anterior, antes de su cese o después de su nombramiento posterior.
Publicamos copia del correo remitido al Subdirector en este sentido.

---------- Forwarded message ---------
From: SAJ Federal de CCOO
Date: vie., 18 ene. 2019 a las 7:58
Subject: Nuevas alegaciones de CCOO ahora a la nueva instrucción de permisos del Ministerio de Justicia
To: Subdirector Medios Personales


Subdirector General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia

Madrid a 18 de enero de 2019 
Ayer, se nos hizo llegar una nueva circular de la Subdirección de fecha 17 de enero de 2019, en la que se nos informaba a los sindicatos (entiendo que también a las Gerencias) de los permisos de que dispone el personal funcionario en 2019, se hacía algún cambio respecto a la circular de 9 de enero, teniendo en cuenta lo manifestado por este sindicato en la reunión de la mesa sectorial de 15 de enero y en el escrito que te dirigimos (los días ordinarios de asuntos particulares se podrán unir a los 7 que se pueden disfrutar de forma independiente de vacaciones, además de que los correspondientes a 2017 y 2018 podrán disfrutarse de forma consecutiva o independiente), pero ni se tenía en cuenta en esa circular otras reclamaciones de CCOO y además se hacía una interpretación no solo errónea sino, entendemos, abusiva e ilegal, en relación al derecho al disfrute de los días reconocidos en la reforma de la LOPJ en su disposición transitoria segunda sobre el derecho a 3 días de asuntos particulares correspondientes a 2017 y otros tres a 2018.

Las expresiones de la circular:

"El personal funcionario de carrera y/o interinos de refuerzo que haya cesado con anterioridad al 30 de diciembre de 2018 no tiene derecho a los días de permiso concedidos por la LO 4/2018 de 28 de diciembre ya que dicha Ley entró en vigor el 30 de diciembre  En caso de nombramientos intermitentes de personal temporal a partir del 1 de enero de 2017 que hayan concluido por cese en fecha anterior a 30 de diciembre de 2018 y que hayan ocasionado un nuevo nombramiento anterior a esta última fecha. no generan derecho de disfrute de asuntos particulares por todos los períodos acumulados. Únicamente puede considerarse el período que no haya concluido a la fecha de entrada en vigor de la nueva redacción del artículo 503.1 de la LOPJ"

Manifestamos desde CCOO que no se ajustan a la legalidad y al reconocimiento de los derechos del personal de la Administración de Justicia. A cualquier trabajador que haya prestado servicios en cualquier período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2018, se le tiene que reconocer inexcusablemente la parte proporcional de todo el período trabajado en relación al disfrute de los días correspondientes a 2017 y 2018 que la LOPJ determina desde el 30 de diciembre de 2018, sea personal titular, interino o interino de refuerzo, haya cesado o no en esos períodos.  Ningún trabajador pierde derechos por haber sido cesado, si una Ley le reconoce que tiene derecho a disfrutar de un permiso correspondiente a un determinado período trabajado (en este caso, los años 2017 y 2018). Pues una cosa es el derecho, que debe reconocerse inexcusablemente, y otra el período de disfrute, que es a partir del 30 de diciembre de 2018. No se pueden confundir ambos conceptos.

Además, la nueva circular no recoge la reclamación presentada en la mesa y en el escrito que te dirigimos desde CCOO, en relación a que todo el personal que vaya a ser cesado en 2019 (tanto titular, por el concurso, por ejemplo, como el personal interino) y sea nombrado o tome posesión posteriormente, debe tener derecho al disfrute de los días correspondientes a 2017 y 2018 antes del cese en su puesto de origen como en el nuevo puesto.
En resumen, desde CCOO solicitamos se reforme dicha circular en los apartados 5 b) y 5 c) y se redacte de forma que:

Todo el personal de la Administración de Justicia tendrá derecho a la parte proporcional de los días que le correspondan según los días trabajados en el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y 31 de diciembre de 2018, en relación al disfrute de los tres días de asuntos particulares de 2017 y los tres días de 2018, establecidos en la disposición transitoria segunda de la LO 4/2018 de 28 de diciembre.

Todo el personal de la Administración de Justicia que sea cesado en 2019 y tenga un nuevo nombramiento en ese año, podrá disfrutar los días que les correspondan relativos a 2017 y 2018, según lo establecido en el párrafo anterior, antes de su cese o después de su nombramiento posterior.

Esperando que estas alegaciones sean tenidas en cuenta,


Atentamente

Javier Hernández
Responsable de Acción Sindical
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