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Aprobada la Ley para hacer frente al COVID-19 en la Administración de Justicia


16 sept 2020



APROBADO HOY EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS EL PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS PROCESALES Y ORGANIZATIVAS PARA HACER FRENTE AL COVID-19 EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY 16/2020, DE 28 DE ABRIL)

Este Real Decreto-Ley, que contenía medidas tales como la jornada de tarde, la movilidad forzosa dentro del municipio o la habilitación del mes de Agosto, ha sido modificado en su tramitación urgente como Proyecto de Ley mediante enmiendas en el Congreso y en el Senado, desoyendo el Ministerio de Justicia y los grupos parlamentarios las principales propuestas que CCOO les habíamos solicitado

El texto de la Ley finalmente aprobada, y que entrará en vigor tras su publicación en el BOE, en lo que afecta a las condiciones de trabajo del personal de Justicia incluye las siguientes disposiciones:

Artículo 21, que prorroga hasta el 20 de junio de 2021 la posibilidad actual de que “los secretarios coordinadores provinciales podrán asignar a los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia la realización de cualquiera de las funciones que, siendo propias del cuerpo al que pertenecen, estén atribuidas a cualesquiera otras UPAD, Juzgado o Tribunal”. Si no hay personal voluntario esta movilidad podrá ser forzosa y siempre dentro del mismo orden jurisdiccional y localidad

Artículo 22, que prorroga también hasta el 20 de junio de 2021 la posibilidad de establecer jornadas de mañana y tarde en las mismas condiciones en que se hace en la actualidad

Estas medidas, que permanecen con la misma redacción que en el RD Ley 16/2020 fueron duramente contestadas por CCOO (Ver las siguientes notas informativas)

24 de abril - CCOO no aceptara imposiciones del ministro de Justicia que no garanticen por encima de todo la salud del personal de Justicia

26 de abril - CCOO vuelve a exigir al ministerio de justicia la negociación colectiva para que la jornada de tarde y la movilidad sean siempre voluntarias y se garanticen los medios de protección

29 de abril - El ministro Campo consuma su desprecio al derecho a la negociación colectiva y al personal de Justicia

CCOO se pone como siempre a disposición de todo el personal de Justicia para evitar la movilidad y jornadas de tarde forzosas cuando se intente llevar a cabo por algún/a responsable judicial o de la Administración

Señalamos también algunos artículos de este texto aprobado que afectan a nuestro trabajo diario en los juzgados, tribunales y fiscalías:

- El Artículo 14 sobre la celebración de actos procesales mediante presencia telemática

- El Artículo 16 sobre las exploraciones médico-forenses y de los equipos psicosociales

- El Artículo 18 sobre la atención al público

- La disposición adicional primera sobre ampliación de plazos en el ámbito del Registro Civil

- La disposición adicional cuarta sobe los actos de comunicación del Ministerio Fiscal

- La disposición adicional quinta sobre creación de 100 nuevas unidades judiciales en el plazo de 3 años

- La disposición final cuarta que modifica la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia

El texto aprobado hoy en el Congreso puede verse en el siguiente enlace. A partir de la página 3 figura el texto aprobado inicialmente en el Congreso con las enmiendas del Senado que han sido aprobadas hoy

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Borrador de Circular 1/20 sobre permiso por deber inexcusable, grupos de riesgo, habilitación del turno de tarde, y porcentaje de presencia física en las sedes judiciales


25 may 2020



LA CIRCULAR EXPRESA QUE TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A ESTOS PERMISOS POR DEBER INEXCUSABLE (a partir del 26 de mayo, hijos menores de 14 años o mayores dependientes), A PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE LO ACREDITE ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA FASE 2, QUE SERÁ EL 26 DE MAYO

EN EL CASO DE PATOLOGÍAS DE TRABAJADORES CON ESPECIAL SENSIBILIDAD A LOS EFECTOS DE LA ENFERMEDAD, DEBERÁN COMUNICAR ESTA CIRCUNSTANCIA AL SERVICIO DE PREVENCIÓN


El borrador que se nos ha remitido en la tarde de ayer domingo, 24 de mayo, y que será discutido hoy a las 12 con el Ministerio de Justicia contiene:

Se establece que el porcentaje presencial del personal será, a partir del 26 de mayo, del 60 % en el ámbito no transferido que se encuentren en fase 1 sanitaria, y del 70 % para los que se encuentren en la fase 2 sanitaria.

Se establece un Anexo en el que se relacionan los centros de trabajo de todo el ámbito no transferido, que tendrán también jornada de tarde a partir del 26 de mayo, explicado en esta circular de nuevo, por la imposibilidad con estos porcentajes de cumplir con las normas sanitarias para garantizar, entre otras cosas, la distancia de seguridad. El Ministerio mantiene que los criterios para cubrir el turno de tarde serán los establecidos en la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo.

Permiso por deber inexcusable por cuidado de menor de 14 años


Las personas que deseen obtener desde el 26 de mayo el permiso por cuidado de hijos menores de 14 años, deberán presentar la documentación:

  • Copia del libro de familia en los casos de hijos/hijas menores de 14 años.
  • Declaración o justificación de la imposibilidad para adaptar su horario de trabajo a la franja de la mañana o de la tarde, o de desarrollar la actividad ordinaria en la modalidad de teletrabajo.

Permiso por deber inexcusable por cuidado de mayor de 14 años dependiente

Deberán presentar la siguiente documentación:

  • Certificado de la Administración competente que acredite la dependencia, o certificado médico que acredite la situación de dependencia sobrevenida,
  • Domicilio habitual del mayor de edad dependiente, en el que pueda verificarse la relación de convivencia con el solicitante del permiso,
  • Notificación, en su caso, del cierre temporal del centro de día o residencia por decisión de la autoridad sanitaria.
  • Declaración o justificación de la imposibilidad para adaptar su horario de trabajo a la franja de la mañana o de la tarde, o de desarrollar la actividad ordinaria en la modalidad de teletrabajo.

L
a utilización de estos permisos quedará restringido a los casos debidamente acreditados y justificados, por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral.


Permiso para trabajadores con especial sensibilidad a los efectos de la enfermedad

El personal que por su especial sensibilidad a los efectos de la enfermedad no pueden prestar servicio en las circunstancias habituales deberán comunicarlo a su Servicio de Prevención para la calificación de la actividad ordinaria de su puesto en relación con su exposición al COVID-19.

El Servicio de Prevención deberá evaluar la presencia de personal trabajador especialmente sensible en relación a la infección de coronavirus, y emitirá informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección que puedan adoptarse.

Mientras no se haya realizado la evaluación mencionada, los trabajadores que aleguen cualquiera de las circunstancias de salud antedichas, no prestarán sus servicios de forma presencial.


CCOO PRESENTARÁ ALEGACIONES AL DOCUMENTO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, ENTRE OTRAS, QUE SE DÉ UN PLAZO SUFICIENTE PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA, Y QUE ESTOS PERMISOS SE CONCEDAN A LAS PERSONAS QUE ACREDITEN Y JUSTIFIQUEN SU NECESIDAD, LOS HAYAN O NO UTILIZADO ANTERIORMENTE.
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BOE de 23 de mayo de 2020: publicada la Orden de incorporación a la Fase 2 de toda la Administración de Justicia. Se reanudan los plazos procesales y administrativos


23 may 2020



BOE de 23 de mayo de 2020: se publica la Orden de incorporación a la Fase 2 de toda la Administración de Justicia

Se reanudan, además, los plazos procesales y administrativos desde el 4 de junio y el 1 de junio respectivamente 

CORTES GENERALES

Estado de alarma. Prórroga

Resolución de 20 de mayo de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo

PDF (BOE-A-2020-5240 - 3 págs. - 225 KB)   Otros formatos

Entre las medidas que incluye esta Resolución:

Noveno.

Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se derogará la disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos procesales. Se alzará la suspensión en esa misma fecha.

Décimo.

Con efectos desde el 1 de junio de 2020, se derogará la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos administrativos. Desde esa misma fecha, el cómputo de los plazos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas



MINISTERIO DE JUSTICIA


Estado de alarma. Administración de Justicia


Orden JUS/430/2020, de 22 de mayo, por la que se activa la Fase 2 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19

PDF (BOE-A-2020-5241 - 3 págs. - 226 KB)   Otros formatos


En esta orden se incluye, entre otras cuestiones, de las que hemos venido informando desde la noche del jueves pasado, 21 de mayo:

Primero

Se activa la Fase 2 del Plan de desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19 establecido en el anexo II de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.

Dicha activación tendrá efectos desde el 26 de mayo de 2020.


Los criterios para la implantación de esta Fase 2 se establecen en el anexo de la presente orden ministerial

Uno. El apartado 1 del punto 8 del anexo I de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, queda redactado como sigue:

«1. El uso de mascarilla será obligatorio en los casos que la autoridad sanitaria determine.»


ANEXO


Criterios de aplicación de la Fase 2

1. Presencia en turnos. El porcentaje de personal que atenderá los turnos en esta fase (60-70%) se calculará sobre la plantilla efectiva de cada órgano o servicio, incluyendo a los funcionarios de gestión procesal y administrativa, los funcionarios de tramitación procesal y administrativa y los de auxilio judicial.

2. Establecimiento de turno de tardes

Se establecerán turnos de tarde cuando el número de funcionarios que acuda a cubrir el turno de trabajo impida garantizar el mantenimiento de las medidas de seguridad.

Los turnos de tarde se establecerán en las condiciones previstas en el anexo III de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo.

En los centros de destino en los que no se establezca turno de tarde y estén garantizadas las medidas de seguridad, la jornada horaria será la misma que se viniera realizando con anterioridad a la declaración del estado de alarma.


4. Exclusión formal de participación presencial en turnos.
No podrá ser llamado a formar parte de los turnos presenciales el personal que tenga reconocidos permisos por patologías susceptibles de agravarse por efecto del COVID-19, en tanto no se verifique por el servicio de prevención en qué condiciones puede prestar servicio en situación de seguridad

Tampoco será llamado a formar parte de los turnos presenciales el personal que tenga reconocidos permisos por razón de deber inexcusable, sin perjuicio de su preferencia para formar parte de los turnos de tarde, si ese horario se ajusta a sus necesidades

El permiso por deber inexcusable durante esta fase afectará a los empleados con hijos/hijas menores de 14 años, o con personas mayores de esta edad dependientes a su cargo que necesitasen atención para realizar actividades básicas de la vida diaria, y que no pudieran flexibilizar su horario de trabajo con las alternativas existentes en su ámbito territorial, o que no pudieran desarrollar su actividad ordinaria en la modalidad de teletrabajo.

Corresponderá a cada administración competente determinar la forma de acreditación y justificación de las circunstancias sujetas a estos criterios de exclusión formal.


5. Realización de funciones mediante teletrabajo. Los funcionarios voluntariamente acogidos a la modalidad de teletrabajo participarán en los turnos presenciales cuando sea imprescindible para completar los porcentajes de prestación de servicios en régimen presencial


CCOO ya avanzó nuestra tremenda preocupación ante las consecuencias de la aplicación desde el 26 de mayo de esta nueva orden en toda la Administración de Justicia, sin haber realizado con carácter previo las correspondientes e imprescindibles evaluaciones de riesgo, pues no existen garantías en muchos centros de trabajo de que las medidas preventivas se vayan a cumplir con la consiguiente consecuencia de una eventual rebrote de los contagios en la Administración de Justicia:

EL MINISTERIO DE JUSTICIA INSISTE EN INICIAR EL PRÓXIMO DÍA 26 LA FASE 2 DE LA DESESCALADA, CON INCORPORACIÓN PRESENCIAL DE ENTRE EL 60 Y EL 70% DE LA PLANTILLA, EN TODOS LOS CENTROS DE TRABAJO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

CCOO ha vuelto a señalar como una irresponsabilidad que esta desescalada no se haga de forma asimétrica por provincias o comarcas igual que para el conjunto de la ciudadanía

Hemos reclamado que, aunque de forma oficial la fase 2 se inicie finalmente el día 26, la incorporación del 60 al 70% de la plantilla no se haga efectiva en cada centro de trabajo hasta que se evalúe por personal técnico el aforo máximo de esa oficina, manteniéndose mientras tanto la plantilla presencial actual de entre el 30 y el 40%

CCOO HA ADVERTIDO QUE SI SE ORDENA LA INCORPORACIÓN DE UN 60-70% DE PLANTILLA EN CENTROS DE TRABAJO SIN HABERSE REALIZADO LA EVALUACIÓN DE RIESGOS Y SIN HABERSE COMPROBADO QUE LOS DATOS DE CONTAGIO SON FAVORABLES, DENUNCIAREMOS NUEVAMENTE AL MINISTERIO DE JUSTICIA ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y EXIGIREMOS LAS RESPONSABILIDADES QUE CORRESPONDAN A QUIEN DE FORMA TEMERARIA SIGA PONIENDO EN RIESGO LA SALUD DEL PERSONAL INCUMPLIENDO DELIBERADAMENTE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES


Enlace a la información de CCOO sobre la negociación de esta Orden, publicada la noche del 21 de mayo
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CCOO consigue que la jornada de tarde no se implante hasta que se evalúe la capacidad de todas las oficinas para garantizar la distancia de seguridad


6 may 2020



  • Continúan las negociaciones con el Ministerio de Justicia sobre jornada en turnos de mañana y tarde y primera fase de la desescalada.


CCOO ADVIERTE AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE NO FIRMARÁ NINGÚN ACUERDO QUE SUPONGA RECORTES EN LOS DERECHOS DE INFORMACIÓN, CONSULTA, PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL, TAMPOCO SI NO SE ASEGURAN TODAS LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA GARANTIZAR LA SALUD DE TODO EL PERSONAL

CCOO ha conseguido que la jornada de tarde no se implante hasta que se evalúe la capacidad de todas las oficinas judiciales para garantizar la distancia de seguridad de 2 metros, por lo que se demorará varias semanas

Hoy ha tenido lugar una nueva reunión por videoconferencia del Ministerio de Justicia con las organizaciones sindicales. Se han producido nuevos avances y estamos a la espera de que el Ministerio nos remita sendos documentos escritos sobre jornada de mañana y tarde y primera fase de la desescalada, cuya negociación finalizará mañana, jueves, en una nueva reunión. Sobre la guía de medidas preventivas, hoy ha sido la primera reunión e informaremos en hoja adicional.

Tras la reunión de hoy la situación actual de las negociaciones es la siguiente:

TURNOS DE MAÑANA Y TARDE

CCOO ha exigido insistentemente, la jornada de tarde solo se implante cuando se elabore un informe que contenga, para cada oficina, el máximo número de personal posible que garantice la distancia de 2 metros entre los/as trabajadores/as y con el público, lo que se alargará más allá de la entrada en vigor de la fase 1 de la desescalada prevista para el próximo martes.

El turno de mañana será el turno general, con un porcentaje del 70 al 80% de los efectivos presenciales que correspondan a cada una de las fases, mientras que el turno de tarde será entre el 20 y el 30% de esos efectivos.

La jornada de tarde se ofrecerá con carácter voluntario. Si hay más personas voluntarias que plazas disponibles el orden de preferencia será para quien tenga responsabilidades para el cuidado de menores o mayores y seguidamente la antigüedad en el destino. Si no hay personas voluntarias suficientes, el ministerio insiste en turnos rotatorios obligatorios.
  • CCOO ha recordado al Ministerio que en el acuerdo firmado por los sindicatos hace dos días con el Gobierno en el ámbito de la Administración General del Estado la jornada de tarde exige el consentimiento expreso de la persona afectada, y hemos vuelto a exigir que esa misma voluntariedad se aplique en la Administración de Justicia.
  • Los permisos para cuidado de menores y mayores deberán justificarse de forma fehaciente para impedir fraudes.
  • Se podrá renunciar al turno de tarde avisando con una semana de antelación.
El horario será de 6,30 horas en la jornada de mañana y 4,30 horas en la jornada de tarde, con flexibilidad en las horas de entrada y salida y con una hora de diferencia entre turno y turno para limpieza, desinfección y ventilación.
  • CCOO ha vuelto a exigir que la limpieza exhaustiva entre turno y turno sea de obligado cumplimiento y que no se inicie la actividad del turno siguiente si no se ha podido limpiar, desinfectar y ventilar las instalaciones tras la salida del turno anterior.

En la jornada de tarde no habrá atención al público ni profesionales, no quedando claro si habrá o no señalamientos de juicios y comparecencias.
  • CCOO ha exigido que el personal de Auxilio Judicial tenga previamente determinada su jornada de tarde o de mañana, y que los señalamientos, si los hay, se adapten a la jornada del personal de Auxilio, de forma que solo puedan hacerse señalamientos por la tarde o por la mañana si previamente existe personal de este cuerpo desempeñando estas jornadas.

FASES DE LA DESESCALADA

El Ministerio propone:

  • Que en la fase 1 se incorpore presencialmente entre el 30 y el 40% de la plantilla, en la fase 2 entre el 60 y 70% y en la fase 3 el 100%. La fase 1 comenzaría el próximo martes, día 12 de mayo, y la duración de cada fase dependerá de la evolución de la pandemia.
  • El personal con permiso para cuidado de menores y mayores y los grupos más vulnerables quedará exento de esta presencialidad hasta que lo determine la autoridad sanitaria. El personal con teletrabajo también tendrá que asistir a los turnos presenciales en la primera y segunda fase. En la tercera fase, con el 100% de la plantilla, está aún por determinar esta circunstancia.
  • En el Registro Civil se incorporará desde la fase 1 el 100% de la plantilla.
  • Los porcentajes de plantilla se aplicarán en cada órgano o servicio, salvo en el caso de LAJ y Auxilio, en que se aplicará entre todos los centros de trabajo de la misma jurisdicción.

Por parte de CCOO hemos rechazado la nueva propuesta sobre el Registro Civil, solicitando que esta medida no se establezca con carácter general sino teniendo en cuenta las cargas de trabajo.

Para el resto de temas relacionados con la fase 1 de la desescalada hemos reiterado nuestras propuestas que son:


1. La fase 1 de la desescalada debe adaptarse a los criterios del Gobierno y ser asimétrica por provincias o comarcas.

Comenzará la fase 1 en Justicia solo en las provincias en las que el Gobierno así lo acuerde para el conjunto de la ciudadanía, permaneciendo el resto en la situación actual de fase 0.

Si las autoridades sanitarias decidieran con carácter general o provincial la vuelta a situaciones anteriores, en la Administración de Justicia se pasará a la fase anterior que corresponda.

2. Solo se accederá a la fase 1 y se pasará de una fase a la siguiente una vez comprobado que los datos semanales de contagios en la Administración de Justicia se corresponden o mejoran los datos de la tendencia marcada en el conjunto de la población, lo que se determinará con carácter previo en la comisión paritaria de seguimiento Ministerio-sindicatos.

3. Deben establecerse, antes de iniciar la fase 1, por los servicios de prevención y con la participación de los/as delegados/as de prevención, las medidas preventivas, tanto individuales como colectivas, de obligado cumplimiento en cada puesto de trabajo, y garantizarse que la ausencia de las mismas conlleve la paralización temporal de la actividad, de forma obligatoria, hasta que se subsanen las deficiencias.

4. Antes de iniciarse la fase 1 debe garantizarse en todos los ámbitos competenciales la existencia de Servicios de Prevención debidamente dotados para el cumplimiento de sus funciones. Se informará por escrito a las organizaciones sindicales de la situación actual de los Servicios de Prevención (medios personales de que se dispone en el caso de los servicios propios y, en caso contrario, copia del contrato suscrito con las entidades privadas comprensivo de los servicios que deben atender)

5. Durante las fases 1 quedará prohibida la práctica de actos de comunicación y ejecución que no estén encuadrados entre los servicios esenciales y que no puedan practicarse por medios telemáticos. También durante estas dos primeras fases solo se permitirá la presentación de escritos por medios telemáticos, salvo los relativos a servicios esenciales.

6. Exigencia a todas las CCAA con competencias transferidas de la implantación, previa negociación colectiva, de sistemas de teletrabajo, cumpliendo así lo dispuesto en la disposición final primera, punto cuatro del RDL 16/2020. Se trata de fomentar el teletrabajo voluntario como fórmula para evitar presencia física excluyendo a quienes teletrabajen de los turnos de presencia –de mañana o de tarde- salvo para acudir físicamente a los centros de trabajo para realizar alguna cuestión puntual referente a su teletrabajo. Por tanto, el sistema de adjudicación del teletrabajo debe ser voluntario y con criterios objetivos

7. Se procederá al abono con carácter retroactivo de las indemnizaciones por las guardias que no se hayan podido realizar a causa de la pandemia en los casos de contagio, aislamiento y grupos más vulnerables, incluidos mayores de 60 años, si se justifica de forma fehaciente esta situación

8. Se negociará la contratación de nuevo personal para los equipos psicosociales de menores, familia y de atención a las víctimas de violencia sobre la mujer.

9. La dotación de efectivos no podrá superar el porcentaje que se establezca sobre la plantilla real y no sobre la plantilla orgánica teórica, ya que, en algunos territorios, existían plazas sin cubrir de la plantilla orgánica que ahora no pueden ser computadas para establecer los porcentajes de presencialidad.
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COVID-19: El Ministerio de Justicia se aviene a negociar tras las presiones de CCOO


4 may 2020


  • Nueva reunión por videoconferencia del Ministerio de Justicia con los sindicatos sobre las nuevas medidas en relación con el COVID-19

EL MINISTERIO DE JUSTICIA  ACEPTA POR FIN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA QUE CCOO VIENE EXIGIENDO DESDE EL INICIO DE LA CRISIS SANITARIA Y OFRECE A LOS SINDICATOS LA POSIBILIDAD DE UN ACUERDO SOBRE LA JORNADA EN TURNOS DE MAÑANA Y TARDE (QUE INCLUIRÁ LO RELATIVO A LA MOVILIDAD A OTRO CENTRO DE TRABAJO), EL NUEVO PROTOCOLO DE MEDIDAS PREVENTIVAS Y LA FASE 1 DE LA DESESCALADA, QUE SE HARÁ CON UNA PRESENCIALIDAD APROXIMADA DEL 33% DE LAS PLANTILLAS

CCOO ha vuelto a reiterar que tanto la jornada de tarde como la movilidad a otro centro deberá ser inexcusablemente voluntaria

Hemos sido convocados a una nueva reunión para el miércoles, día 6 de Mayo, a la que CCOO asistirá con la máxima voluntad de alcanzar acuerdos, siempre y cuando se garantice la salud del personal (con medidas preventivas suficientes y obligatorias) y se respeten escrupulosamente las condiciones laborales

Tras este compromiso de negociación del Ministerio de Justicia y todos los sindicatos mayoritarios, la reunión se ha circunscrito a las propuestas sobre la jornada en turnos de mañana y tarde, con el siguiente resultado:

El Ministerio sigue sin aceptar, por ahora, que la jornada de tarde solo se lleve a efecto de forma voluntaria, lo que CCOO va a seguir exigiendo, entendiendo el Ministerio que van a ser muy pocos los casos en que haya que recurrir a la obligatoriedad porque confían en la responsabilidad del personal a través de la “autoorganización” en cada centro de trabajo

Se acepta la propuesta de CCOO de que la jornada de tarde sea más reducida que la de mañana. Sin quedar definitivamente fijado, el turno de mañana podría ser de 6,5 horas y el de tarde de 4,5 horas aproximadamente

Se acepta en parte la propuesta de CCOO de que por las tardes se trabaje “a puerta cerrada” sin atención al público, pero no aceptan que no haya vistas ni comparecencias por las tardes alegando que eso es decisión de cada Juez o Jueza

  • Hemos exigido que el turno de mañana o de tarde del personal del cuerpo de Auxilio Judicial no esté supeditado en cada momento a los señalamientos que exijan su presencia, sino que estos señalamientos deben adaptarse y efectuarse durante el turno de mañana o tarde que previamente haya sido asignado al funcionario o a la funcionaria de Auxilio, propuesta a la que también estamos a la espera de contestación

Aceptan la propuesta de CCOO de que, en el caso de que haya más personal voluntario que el necesario, tengan preferencia en primer lugar para elegir turno quienes tengan menores o mayores a su cargo y seguidamente el personal con más antigüedad en su destino actual

También han aceptado nuestra propuesta de que el personal de permiso por deber inexcusable para cuidado de menores o mayores pueda reincorporarse al trabajo voluntariamente solo para uno de los turnos de mañana o de tarde

Se acepta parcialmente la propuesta de CCOO de que no sea obligatorio establecer jornada de tarde donde no sea necesario porque el espacio físico sea suficiente para mantener la distancia de seguridad de dos metros solo en jornada de mañana. No obstante, rechazan, por ahora, nuestra propuesta de que también en este caso pueda el personal acogerse voluntariamente a la jornada de tarde. A preguntas de CCOO nos informan que serán las CCAA transferidas y el Ministerio en su ámbito quienes determinen los centros de trabajo en que será obligatoria la jornada de tarde, para lo que hemos vuelto a reclamar que se efectúe mediante informe de los Servicios de Prevención y con la intervención, información y participación de los/as delegados de prevención

También incorporarán nuestra propuesta de posibilidad de renuncia al turno de tarde por causas justificadas y a recoger permisos específicos para la asistencia a actividades formativas en la jornada de tarde que estuvieran previamente contratadas

El horario de prestación de los turnos de mañana y tarde no está aun concretado. CCOO hemos efectuado en ese sentido la siguiente propuesta a las que esperamos contestación en la próxima reunión:

  • Que el horario se establezca mediante la negociación colectiva en cada CCAA con competencias y en el ámbito no transferido
  • Que se garantice, con tiempo necesario entre la salida de un turno y la entrada del siguiente, la ventilación, limpieza y desinfección entre cada turno (entre el turno de mañana y el turno de tarde de un mismo día y entre el turno de tarde y el turno de mañana del día siguiente), incluida la de pomos y tiradores, barandillas, pulsadores, aseos y elementos de uso común (fotocopiadoras, escáner, sistemas de videoconferencia, etc.). Su no realización supondrá la paralización temporal de la actividad del siguiente turno hasta que se corrijan las deficiencias
  • Que además del tiempo necesario para la limpieza y desinfección entre turno y turno y para evitar acumulaciones en las puertas de acceso, la hora de entrada y salida tendrá una flexibilidad de, al menos, media hora
  • Que, en la medida de lo posible, las personas integrantes del turno de tarde serán siempre las mismas evitando rotaciones que puedan generar más riesgo de contagio por contacto con personas distintas

Para la conciliación de la vida personal y laboral, CCOO ha efectuado las siguientes propuestas a las que también esperamos contestación en la reunión del miércoles:

  • La realización de la jornada de tarde será comunicada al personal afectado al menos con una semana de antelación
  • Quien tenga descendientes menores de 14 años o personas dependientes a su cargo no estará incluido en los turnos de tarde salvo que lo solicite voluntariamente, independientemente de la situación de su pareja o de la otra persona progenitora o cuidadora


MOVILIDAD

En otro orden de cosas, el Ministerio se negaba en un principio a tratar el tema de la movilidad de uno a otro centro de trabajo, aspecto que finalmente, y ante la insistencia de CCOO, va a ser también incluido en estas negociaciones

El Ministerio ha informado que solo se pondrá en marcha este mecanismo cuando, por motivo de los permisos para cuidado de menores y mayores o por formar parte de colectivos vulnerables, no haya suficiente plantilla en un órgano para atender la presencialidad exigida en cada momento. Solo en ese caso procedería el cambio de centro del personal que estuviese en otro órgano en situación de disponibilidad

Seguiremos insistiendo en que este cambio de centro tenga que ser siempre voluntario


TELETRABAJO

Informa el Ministerio que las personas que estén teletrabajando también quedarán incorporadas a los turnos presenciales de mañana o tarde y podrán seguir trabajando voluntariamente desde su domicilio en los días en que estén en situación de disponibilidad. En sucesivas reuniones seguiremos también negociando el futuro del teletrabajo en la Administración de Justicia
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CCOO exige al Ministerio de Justicia que en las reincorporaciones del personal se garantice la protección de su salud y que la jornada de tarde sea siempre voluntaria


30 abr 2020


  • Nueva reunión por videoconferencia con el Ministerio de Justicia

EL MINISTERIO DE JUSTICIA COMUNICA A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES SU PROYECTO DE DESESCALADA Y LA ORGANIZACIÓN DE LA JORNADA DE TARDE

La reunión continuará el próximo lunes y CCOO ha reiterado nuestras principales propuestas:
- No permitiremos la reincorporación del personal si no está garantizada la protección de su salud
- La jornada de tarde será siempre voluntaria

Las propuestas del Ministerio para la desescalada, no definitivas aun, son las siguientes:

  • Fase 0: Es la situación actual con un 10% aproximado de plantilla presencial.
  • Fase 1: La plantilla presencial rondará el 33%, del que en torno a un mínimo del 60% lo hará en turno de mañana y un máximo del 40% en jornada de tarde.
  • Fase 2: La plantilla presencial rondará el 66%, con los mismos porcentajes de 60/40 para los turnos de mañana y tarde.
    Durante esta fase 2 se irá levantando de forma paulatina la suspensión de plazos procesales, comenzando por los asuntos prioritarios a que se refiere el RDL 16/2020 (protección de
    menores, despidos y ERTES, algunos procedimientos concursales, etc.)
  • Fase 3: La plantilla presencial tenderá al 100% en turnos de mañana y tarde, con los mismos porcentajes en cada turno que los señalados en las anteriores fases.
  • Fase 4: Vuelta a la normalidad solo en turno de mañana.
El personal en situación de IT por contagio, aislamiento o formar parte de los grupos vulnerables, junto a quien esté de permiso por deber inexcusable para cuidado de menores o mayores dependientes, continuará en esa situación hasta que lo determinen las autoridades sanitarias.

No hay fecha definitiva para el comienzo de cada una de las fases aunque se apunta el 11 ó el 12 de mayo para el inicio de la Fase 1. La Fase 3 se desarrollará en los tres meses siguientes a la finalización del Estado de Alarma.

La duración de cada una de las fases será de una o varias semanas dependiendo de los criterios generales de desescalada que establezca el Gobierno y de las recomendaciones de las autoridades sanitarias.

Para los turnos de tarde se propone la autoorganización en cada centro de trabajo como criterio de voluntariedad, y si no fuese posible, se establecerán turnos obligatorios y rotatorios para cubrir las necesidades de plantilla. El Ministerio rechaza en principio, con la firme oposición de CCOO, la consideración del principio de conciliación de vida laboral y familiar como garantía del personal para no tener que asistir de forma obligatoria al turno de tarde.

La propuesta inicial del Ministerio es que se establezca turno de mañana y tarde en todos y cada uno de los centros de trabajo, aunque se ha mostrado receptivo a estudiar la propuesta de CCOO y otros sindicatos para que solo se haga donde así sea necesario para garantizar la distancia de seguridad.

CCOO va a volver a remitir nuestras propuestas antes de la próxima reunión del lunes que, en lo que atañe a la desescalada, se resumen en:

  • La obligatoriedad de que estén garantizadas todas las medidas preventivas antes de la reincorporación.
  • La suspensión temporal de la actividad donde no existan o sean insuficientes las medidas preventivas, hasta que se subsanen las deficiencias.
  • La evaluación previa de todos los edificios judiciales para garantizar que puede cumplirse la distancia de seguridad de dos metros entre el personal y con el público en todas las fases, no debiéndose permitir la presencia de más plantilla que la que posibilite mantener esta distancia.

En cuanto a la jornada de tarde, exigimos que sea en todos los casos voluntaria y que el horario permita la limpieza y desinfección de las instalaciones entre cada turno de mañana y tarde y entre el de tarde y mañana.


EL MINISTERIO SIGUEN NEGÁNDOSE A INFORMARNOS SOBRE EL NÚMERO DE CONTAGIOS QUE SE HAN PRODUCIDO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, DATO QUE NO NOS FACILITA DESDE EL PASADO 8 DE ABRIL

En el caso de que los contagios entre nuestro colectivo hayan evolucionado de forma menos favorable que los del conjunto de la población exigiremos el incremento de las medidas preventivas, no consentiremos una mayor incorporación presencial del personal y denunciaremos a quien ha incumplido con su obligación legal de defender nuestra salud: el Ministerio de Justicia

CCOO ha vuelto a exigir el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que establece que es responsabilidad de la empresa (el Ministerio de Justicia y las CCAA con competencias transferidas en nuestro caso) velar por la seguridad y salud de sus trabajadoras y trabajadores. Que deben evaluarse los riesgos en todos los puestos de trabajo, adoptar las medidas preventivas que correspondan en cada caso y comprobar posteriormente si han sido efectivas, corrigiéndose si no han dado resultado, Y QUE LA LEY OBLIGA A LA PARTICIPACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS EN TODO EL PROCESO DE DEFENSA DE NUESTRA SALUD.

Por último, y en otro orden de cosas, CCOO ha exigido una respuesta y una solución a los siguientes asuntos que tenemos planteados:

  • Que se dé orden a la MUGEJU para que abone los subsidios por IT a partir del sexto mes de baja.
  • Que hasta que se levante la suspensión de los plazos procesales se prohíban los actos de comunicación que no puedan realizarse por medios telemáticos.
  • Que se proceda al pago de las indemnizaciones por guardia a quienes no hayan podido realizarla por estar afectado por contagios o aislamiento domiciliario, o por permisos plenamente justificados, motivados por el Covid-19.
  • El refuerzo con más plantilla de personal laboral de los equipos psicosociales para atender los asuntos que han sido declarados prioritarios o esenciales en materia de menores y familia y nuestro rechazo a la contratación de personal privado a través de los colegios profesionales

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El ministro Campo consuma su desprecio al derecho a la negociación colectiva y al personal de Justicia


29 abr 2020


EL GOBIERNO IMPONE UNA IMPORTANTÍSIMA MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL DE JUSTICIA QUE EL MINISTRO SE HA NEGADO A NEGOCIAR CON LAS ORGANIZACIONES SINDICALES

El RD-Ley tendrá que ser validado en las próximas semanas y CCOO estamos ya proponiendo enmiendas a los grupos políticos para que se garanticen realmente las medidas preventivas para evitar contagios y para que tanto la jornada de tarde como la movilidad sean siempre voluntarias

CCOO ofrece al ministro Juan Carlos Campo la posibilidad de rectificar y le exigimos nuevamente que cumpla la legalidad con la convocatoria inmediata de la mesa negociación como establece el Estatuto Básico del Empleado Público y permitiendo la intervención de la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras en la protección de la salud laboral tal y como le obliga la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

El RD-Ley, aprobado ayer por el Gobierno establece, como hemos venido informando:

Artículo 26. Actuaciones dentro de un mismo centro de destino.

1. Durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización, los Secretarios Coordinadores Provinciales podrán asignar a los Letrados de la Administración de Justicia y demás funcionarios al servicio de la Administración de Justicia destinados en cualquiera de las unidades procesales de apoyo directo a órganos judiciales, la realización de cualquiera de las funciones que, siendo propias del Cuerpo al que pertenecen, estén atribuidas a cualesquiera otras unidades.

2. En los partidos judiciales en que no se encuentren aprobadas las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, la asignación de funciones, en el mismo periodo establecido en el apartado anterior, podrá realizarse entre el personal destinado en cualquier órgano unipersonal o colegiado.
3. En la asignación que regulan los dos apartados anteriores se dará preferencia a los Letrados y Letradas de Administración de Justicia y demás personal al servicio de la Administración de Justicia que accedan voluntariamente y en ningún caso implicará variación de retribuciones.

La decisión de asignación se adoptará, en todo caso, mediante resolución motivada que se fundamentará en que la medida resulta imprescindible para garantizar la correcta prestación del servicio.

Asimismo, dicha asignación solo podrá realizarse entre unidades u órganos que radiquen en el mismo municipio y que pertenezcan al mismo orden jurisdiccional en el que el Letrado o funcionario venga realizando su actividad profesional.

Artículo 27. Jornada laboral.

1. Durante el estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización, se establecerán, para los Letrados de la Administración de Justicia y para el resto de personal al servicio de la Administración de Justicia, jornadas de trabajo de mañana y tarde para todos los servicios y órganos jurisdiccionales.

2. El Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas con competencias en materia de Justicia establecerán la distribución de la jornada y la fijación de los horarios de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


Aunque el RDL entra en vigor mañana aun no está determinado en ninguna disposición legal el horario de entrada y salida de los turnos de mañana y tarde, ni cuántas ni quiénes serán las personas que tienen que asistir en cada turno, ni cuáles serán los órganos que verán reducida su plantilla y cuáles serán reforzados, ni qué personal se verá afectado, ni qué criterios han de aplicarse para seleccionarlo si no hay voluntarios/as.

El ministro se comprometió con las organizaciones sindicales, en la reunión que mantuvimos con él el pasado día 23, a negociar todos estos aspectos, y, a pesar de que las medidas entran en vigor mañana, aun no hemos sido convocados para comenzar esas negociaciones. Esperamos que el ministro, al menos, cumpla su compromiso en este aspecto y no permita que se impongan criterios arbitrarios tal y como nos aseguró en dicha reunión.


CCOO denunciamos además que la administración no ha cumplido con su obligación de evaluar los riesgos de contagio en cada una de las oficinas judiciales y fiscales para poder determinar las medidas preventivas.


EN LA REUNIÓN DEL PASADO DÍA 23 DE ABRIL, ANTE LAS RECLAMACIONES DE CCOO EL MINISTRO ASEGURÓ QUE “SI NO SE GARANTIZAN LAS MEDIDAS PREVENTIVAS NO SE VA A OBLIGAR A NADIE A ACUDIR AL TRABAJO”. ES SU COMPROMISO Y TAMBIÉN TIENE QUE CUMPLIRLO SI VERDADERAMENTE, COMO AFIRMA, LA SALUD DEL PERSONAL ES SU PRINCIPAL OBJETIVO

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Nueva resolución de jornada y horarios en la Administración General del Estado


1 mar 2019



Se ha publicado en el BOE de 1 de marzo de 2019:

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
Administración General del Estado. Jornada y horarios de trabajo

Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

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CCOO traslada a la nueva Directora General las reivindicaciones del personal de Justicia


4 jul 2018




Reunión con la nueva Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia

CCOO TRASLADA A LA DIRECTORA GENERAL EL CONJUNTO DE LAS REIVINDICACIONES DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y LE EXIGE EL COMIENZO INMEDIATO DE LAS NEGOCIACIONES

El anuncio de convocatoria de la Mesa Sectorial para este mismo mes de julio en la que se negociarán las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de 2017, 2018 y 2019 y el reconocimiento de la necesidad de avanzar en la mejora de las condiciones de trabajo, ha sido la respuesta de la representante del nuevo equipo del Ministerio de Justicia a las exigencias de CCOO.

En la reunión que se ha celebrado en el día de ayer la Directora General ha mostrado un talante favorable al inicio inmediato de negociaciones sobre la gran cantidad de asuntos que han quedado pendientes tras la salida del anterior gobierno, y desde CCOO le hemos transmitido que esperamos que estas buenas intenciones se conviertan en hechos concretos

CCOO exige concreción inmediata de los aspectos más urgentes pues llevan pendientes muchos meses: recuperación de los 9 días de asuntos particulares, recuperación del 100% del salario en caso de IT, solución a las cotizaciones de la Seguridad Social, recuperación de la jornada laboral de 35 horas y recuperación del 50 % de las plazas para la promoción interna, entre otros que no pueden demorarse ni un minuto más

CCOO ha exigido además el comienzo de las negociaciones para el incremento de las retribuciones, advirtiendo que, de no producirse, nos veremos abocados a la convocatoria de movilizaciones contundentes en el próximo otoño

Todo apunta a que puede hacerse realidad la adaptación a la Administración de Justicia de los acuerdos en materia de Empleo Público alcanzados por CCOO, como sindicato mayoritario, en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas

EL MINISTERIO DE JUSTICIA HA ANUNCIADO SU INTENCIÓN DE ACUMULAR LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO DE 2017 Y 2018 Y QUE SERÁN CONVOCADAS, COMO LA DE 2019, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN
La concreción de estos procesos selectivos se recogerá en las bases de las convocatorias cuya negociación se producirá en breves fechas y siempre en este mes de Julio, según se ha comprometido la Directora General

A continuación recogemos el conjunto de reivindicaciones del personal de la Administración de Justicia que hemos trasladado desde CCOO a la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia en esta reunión:

Temas que afectan al conjunto de la Administración de Justicia en todos los ámbitos territoriales (transferidos y no transferidos):

  • Recuperación de los 9 días de permiso por asuntos particulares.
  • Corrección de errores en las cotizaciones a la Seguridad Social del personal interino.
  • Negociación y convocatoria de la Ofertas de Empleo Público de 2017, 2018 y 2019.
  • Restablecimiento de la jornada laboral de 35 horas semanales.
  • Incremento de las retribuciones complementarias en los Juzgados de Paz y eliminación de los grupos de población en el complemento general del puesto.
  • Reconocimiento y retribución de la carrera profesional horizontal.
  • Modificación de los horarios y retribuciones de los juzgados de guardia (especialmente las de disponibilidad y permanencia).
  • Retribución del 100% en las sustituciones verticales.
  • Elevación de las prestaciones de la MUGEJU.
  • Acuerdo definitivo para el Registro Civil.
  • Recuperación del 50% de plazas y convocatoria extraordinaria de Promoción Interna.
  • Revisión negociada de la Nueva Oficina Judicial y Fiscal y de la implantación de las nuevas tecnologías y el expediente judicial electrónico.
  • Creación de más juzgados donde las cargas de trabajo lo justifiquen.
  • Retirada de la propuesta del modificación del art. 521 de la LOPJ manteniéndose los actuales centros de destino.
  • Formación y especialización obligatoria en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.


2.- Temas que afectan al ámbito no transferido:

  • Conversión en plantilla de todas las plazas de refuerzo estructurales.
  • Regulación negociada de los sistemas extraordinarios de provisión de puestos de trabajo (comisiones de servicio, sustituciones y adscripciones provisionales).
  • Negociación de una nueva orden de selección de personal interino.
  • Incremento de la inversión en planes de formación profesional, con una apartado específico para las nuevas tecnologías.
  • Eliminación de los descuentos en caso de Incapacidad Temporal.
  • Extensión del complemento de productividad a todos los cuerpos. 
  • Subida del complemento específico para eliminar las actuales diferencias con los territorios transferidos.
  • Negociación del Plan de Igualdad.
  • Elevación de los fondos de acción social.
  • Ampliación de las plantillas y categorías del personal laboral, cobertura de todas las plazas y reclasificación e incremento de las retribuciones de las existentes.
  • Plan de inversiones para la mejora de las instalaciones judiciales y del Instituto Nacional de Toxicología.

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Carta de CCOO a la nueva Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia


26 jun 2018



Tal y como ya hicimos con la nueva Ministra y Secretario de Estado de Justicia, CCOO hemos remitido también una carta a la nueva Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia

CARTA A LA DIRECTORA GENERAL DE RELACIONES CON LA ADM. DE JUSTICIA

PRESENTACIÓN CARTA
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Carta de CCOO al nuevo Secretario de Estado de Justicia


20 jun 2018



CCOO hemos remitido un escrito al nuevo Secretario de Estado de Justicia muy similar al presentado a la Ministra de Justicia el pasado 8 de junio, con todas las reivindicaciones de CCOO en materia de Administración de Justicia.

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CCOO presenta a la nueva ministra las reivindicaciones del personal de la Administración de Justicia


7 jun 2018



Dolores Delgado, Fiscal de la Audiencia Nacional, nueva ministra de Justicia

CCOO SOLICITA A LA NUEVA MINISTRA DE JUSTICIA UNA REUNIÓN URGENTE Y EL INICIO INMEDIATO DE NEGOCIACIONES

La paralización de la modificación del artículo 521 de la LOPJ, la devolución de los 9 días de permiso por asuntos particulares y la subida del complemento específico del ámbito no transferido entre las principales reivindicaciones que CCOO ha planteado a Dolores Delgado


En el día de hoy, 7 de junio, fecha en que toma posesión la ministra de justicia del nuevo gobierno de Pedro Sánchez, CCOO hemos presentado un escrito en el que le pedimos una reunión para plantearle los principales temas pendientes que ha dejado sin atender el ministro saliente.

En el escrito presentado le hemos puesto de manifiesto la necesidad de que se dé total cumplimiento al acuerdo firmado en 2015 con el anterior ministro, Sr. Catalá, quedando pendiente de dicho acuerdo:

  • La conversión en plantilla de las plazas de refuerzo estructurales de los Órganos Centrales.
  • La devolución de todos los días de permiso que nos fueron recortados.
  • La regulación negociada de las sustituciones y comisiones de servicio en el ámbito no transferido, con arreglo a los principios de igualdad, mérito y capacidad.
  • La modificación negociada de la orden de selección y nombramiento de personal interino del ámbito no transferido.
  • La corrección de los errores en las cotizaciones a la Seguridad Social del personal interino, incorporando todos los períodos trabajados y no cotizados por la Administración.
  • La asignación de medios para mejorar la formación profesional.


También hemos exigido la negociación y convocatoria inmediata de las Ofertas de Empleo Público derivadas del Acuerdo de la Mesa General de Administraciones Públicas firmado con el anterior Gobierno por CCOO y otros sindicatos en 2017.

Y también, en cumplimiento del Acuerdo de Mesa General de marzo de 2018, hemos vuelto a exigir la retirada de los descuentos por IT, la negociación del Plan de Igualdad para la administración de justicia no transferida y la recuperación de la jornada laboral de 35 horas semanales.


En el apartado retributivo, hemos planteado a la nueva ministra la necesidad de abrir negociaciones para:

  • La revisión al alza de las retribuciones complementarias del personal funcionario destinado en los Juzgados de Paz.
  • La eliminación de los grupos de población en el Complemento General del Puesto, elevándose las cuantías de este concepto retributivo hasta alcanzar para todo el personal las que se perciben en Madrid y Barcelona.
  • La extensión del complemento de productividad a todos los cuerpos funcionariales y no solo, como en la actualidad, a Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia.
  • El reconocimiento de la carrera profesional horizontal, previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público, existente en la inmensa mayoría de la Administraciones Públicas y no contemplado entre los derechos laborales y retributivos del personal de la Administración de Justicia en la LOPJ, que debe modificarse en este sentido.
  • La subida lineal del complemento específico en todos cuerpos del ámbito no transferido en la cantidad de, al menos, 300 euros mensuales y la misma subida para Letrados y Cuerpos Especiales del Instituto Nacional de Toxicología.

También le hemos reclamado la retribución del 100% por todos los conceptos en los casos de sustitución en plazas del cuerpo de titulación superior; la elevación de los fondos de acción social al 1% de la masa salarial global, comenzándose, como mínimo con la reposición de las cantidades anteriores a los recortes de 2012, y la elevación de las prestaciones de la Mutualidad General Judicial, recuperándose también, como mínimo, las vigentes antes de los recortes de 2012.

Asimismo hemos traslado a la nueva ministra nuestras reivindicaciones en las siguientes materias:

  • Para que defiendan en el Parlamento un Registro Civil totalmente público y gratuito, servido íntegramente por el personal funcionario de la Administración de Justicia, y con las mismas oficinas existentes en la actualidad en todos los partidos judiciales y Juzgados de Paz, así como la recuperación de las solicitudes de nacionalidad por residencia y la competencia exclusiva del Registro Civil de los expedientes previos al matrimonio civil.
  • Recuperación del 50% de plazas de Promoción Interna para todos los cuerpos generales y especiales (también de Letrado/a a Juez/z o Fiscal y de Facultativo/a a Médico Forense y viceversa) y convocatoria extraordinaria con las plazas que se han dejado de convocar desde que se rebajó ese porcentaje al 30%. En todos los casos las plazas no cubiertas por promoción interna incrementarán las del turno libre.
  • Le hemos solicitado la evaluación del funcionamiento de los SCOP de la Nueva Oficina Judicial y eliminarlos si, como defiende CCOO, entorpecen la tramitación de los procedimientos.
  • Hemos solicitado la paralización inmediata de la implantación de las nuevas tecnologías hasta que se solucionen los problemas existentes.
  • Le hemos solicitado también la creación de más juzgados y los incrementos de plantilla necesarios para equiparar las cargas de trabajo en todas las localidades y órdenes jurisdiccionales y para solucionar el colapso que soportan actualmente más de 300 juzgados de toda España.
  • Mejora de las instalaciones y edificios judiciales donde se incumplen las exigencias mínimas en materia de seguridad y salud.
  • Cursos de formación específicos y especializados en los Juzgados que intervienen en los delitos de violencia sobre la mujer y establecimiento de un complemento específico para estos órganos judiciales.


EL ARTÍCULO 521 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL

El último día de plazo para presentar enmiendas en el Congreso de los Diputados a la Proposición de Ley, presentada inicialmente con el único objetivo de recuperar los días de permiso recortados, el Grupo Popular, cumpliendo instrucciones del Ministerio de Justicia, presentó una batería de más de 50 enmiendas con aspectos que nada tenían que ver con el objeto de la proposición de ley. Entre estas enmiendas y sin haber dado cumplimiento a la obligación legal de someter a la negociación colectiva la modificación de las condiciones de trabajo, figura la modificación del art. 521 con el objeto de convertir el municipio (en lugar de los diferentes centros de trabajo del mismo) en el único centro de destino del personal funcionario de la Administración de Justicia.

Consideramos desde CCOO esta propuesta como un ataque directo a las condiciones de trabajo del personal al que representamos ya que en un mismo municipio existen diferentes centros de destino actualmente con retribuciones también muy diferentes que no quedarían garantizadas. Además, en las grandes poblaciones, la dispersión de edificios podría provocar un traslado de varios kilómetros difícilmente conjugable con la conciliación de la vida laboral y familiar. Para CCOO, esta modificación de la LOPJ no puede llevarse a cabo en ningún caso y exigimos al nuevo equipo ministerial que se tomen las medidas oportunas para evitarlo.


Personal laboral del Ministerio de Justicia

En relación con el Personal Laboral, en el escrito presentado por CCOO recogemos literalmente:

“Especialmente castigado por los recortes ha sido y sigue siendo el personal laboral que presta sus servicios en la Administración de Justicia. Personal de Psicología, Trabajo Social, Educadores, Peritos Tasadores/as, Intérpretes-traductores/as, Oficial de Actividades específicas Autopsias, y otras categorías, enclavadas todas ellas en el Convenio Único de personal laboral, absolutamente necesarias para el funcionamiento de este servicio público y para la atención a los colectivos más desfavorecidos de los procesos judiciales, han visto sus condiciones laborales atacadas hasta límites inaceptables: plantillas absolutamente insuficientes, retribuciones indignas, falta de reconocimiento y expectativas profesionales caracterizan a este colectivo.

Debe abordarse sin falta un proceso de negociación que incluya la funcionarización de determinadas categorías profesionales, la creación de otras nuevas y la reclasificación de las existentes, el dimensionamiento de las plantillas que evite tener que recurrir a profesionales del ámbito privado como viene ocurriendo, la cobertura permanente de todas las plazas y, junto a ello, y en el ámbito del Convenio Colectivo Único de la Administración General del Estado una elevación significativa de sus retribuciones básicas y complementarias.”
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CCOO reclama la convocatoria de la Mesa Sectorial para acordar las recuperación de las 35 horas y el 100% del salario en IT


12 mar 2018




CCOO RECLAMA CONVOCATORIA DE LA MESA SECTORIAL PARA ACORDAR LA RECUPERACIÓN DE LAS 35 HORAS Y EL 100 % DEL SALARIO EN IT


En aplicación del acuerdo de la mesa general de la Función Pública suscrito el viernes pasado, 9 de marzo, por CCOO (sindicato mayoritario en la Función Pública) y otros sindicatos, CCOO se ha dirigido ya al Ministerio de Justicia, en la mañana de hoy, para reclamarle la convocatoria urgente de la Mesa Sectorial con el objeto de recuperar de inmediato el 100 % del salario en los casos de IT y la jornada de 35 horas, entre otras reivindicaciones que CCOO exige.
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CCOO exige mejoras en la propuesta del Gobierno que posibiliten acuerdos sobre empleo público


22 sept 2017


  • En la Mesa general de negociación de las AA.PP. celebrada ayer, CCOO expresó que para llegar a un acuerdo es imprescindible que el ministerio aumente su propuesta salarial y devuelva la capacidad real de negociación colectiva a las administraciones autonómicas y locales y al conjunto del sector público.

Para el sindicato, el hecho de que se haya aplazado la presentación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) supone una oportunidad para que siga la negociación sobre las condiciones de trabajo, empleo y salario de las empleadas y empleados públicos.

CCOO cree que hay margen para seguir negociando el incremento salarial. Y para ello es imprescindible que se reconozca la deuda con las empleadas y empleados públicos por el poder adquisitivo perdido, para lo que es necesario que se marquen plazos concretos para su recuperación. Además, se debe establecer una cláusula de garantía salarial que garantice que no se sigue perdiendo capacidad adquisitiva.

Asimismo, para CCOO es fundamental recuperar el papel de la negociación colectiva en todos los ámbitos. En esta línea, resulta imprescindible restablecer el derecho de cada mesa de negociación a establecer libremente la jornada laboral, como ocurre en muchos Administraciones que han acordado las 35 horas semanales, que mejoran la conciliación de las y los empleados públicos y recuperan empleo, lo cual revierte directamente en la mejora de la calidad de los servicios públicos que se prestan a la ciudadanía. Junto a la jornada, hay otras materias importantes como la carrera profesional, la devolución de las prestaciones por Incapacidad Temporal (IT), la formación, salud laboral o materias relacionadas con la igualdad, entre otras.

En la reunión se destacó que CCOO es una organización que defiende y practica la descentralización y responde a la composición plural del Estado, reconociendo que las diferentes Administraciones que están en la proximidad de la ciudadanía deben ser puestas en valor de forma constante, en los términos que reconocen los principios recogidos en la Constitución. “Esto nos obliga a considerar que tienen que tener un reconocimiento político más rotundo, suspendiendo aquellas legislaciones que impiden la autonomía de las diferentes Administraciones bajo la excusa de la crisis, lo que se conoce como legislación básica”.

En materia de empleo, CCOO valoró que la negociación —que puede culminar en un nuevo acuerdo para la mejora del empleo que dé continuidad al alcanzado en marzo de este año— avanza en la buena dirección, pues universaliza al conjunto de colectivos y sectores el proceso de estabilización de empleo temporal injustificado y mejora sustancialmente las tasas de reposición.

No obstante, CCOO sigue abogando por la desaparición de dichas tasas, pues impiden que cada ámbito del sector público organice libremente sus propios servicios públicos y pueda establecer sus propias necesidades de empleo. En esa dirección, CCOO reivindicó que se autorizara adicionalmente la posibilidad de ofertas de empleo público extraordinarias para aquellas Administraciones (especialmente las locales) que, presentando y acreditando que cumplen con los criterios de estabilidad presupuestaria, quieren recuperar el empleo perdido en este ámbito para mejorar calidad de los servicios públicos que se prestan en la Administración más cercana a la ciudadanía.


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