Ante las múltiples preguntas y dudas surgidas en relación al reingreso al servicio activo de los excedentes voluntarios por prestación de servicios en el sector público del artículo 506 d) LOPJ os aclaramos que, junto con la instancia de participación en e concurso, deberán acompañar una declaración de no encontrarse en situación de suspensión firme (punto 5 de la base cuarta)
Este requisito ya se exigía en los anteriores concursos.
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