Publicadas las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales del ámbito no transferido


12 ene 2018



El ámbito de aplicación de esta orden se extiende a: "las Fiscalías de las Comunidades Autónomas de Castilla y León (con sede en Burgos y Sección Territorial en Valladolid), Castilla-La Mancha (con sede en Albacete), Extremadura (con sede en Cáceres) e Illes Balears (con sede en Palma, Fiscalía de Área en Eivissa y Secciones Territoriales en Inca, Manacor y Maó), así como en las Fiscalías Provinciales de Ávila, Burgos, León (con Fiscalía de Área en Ponferrada), Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Zamora, Albacete, Ciudad Real (con Sección Territorial en Manzanares), Guadalajara, Toledo (con Secciones Territoriales en Ocaña y Talavera de la Reina), Badajoz (con Fiscalía de Área en Mérida y Secciones Territoriales en Villanueva de la Serena y Zafra), y la Fiscalía de Área de Cartagena. "

La citada orden mantiene la inclusión de numerosos puestos de trabajo nombrados por libre designación del cuerpo de Tramitación, ya que la propia orden establece que "El Fiscal Superior o Fiscal Jefe podrán disponer, de entre el personal de la oficina fiscal, de un funcionario que pertenezca al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, designado por el procedimiento de libre designación, que le asista directamente en la realización de tareas de secretaría personal", lo que  para CCOO es inaceptable, pues este sistema de provisión atenta a los principios de igualdad, mérito y capacidad

Entre otras cuestiones que rechazamos, la orden establece unas plantillas inferiores a lo reclamado por CCOO, además de que las retribuciones fijadas siguen siendo claramente insuficientes 

CCOO presentó numerosas alegaciones a esta orden que no han sido recogidas, por lo que esta orden  no cuenta con el aval de CCOO
Imprimir artículo