CCOO
DENUNCIA LA IRREGULAR PETICIÓN DE DATOS PERSONALES DEL PERSONAL DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE MURCIA SIN EXPLICACIÓN ALGUNA DE CUÁL ES SU
FINALIDAD NI SU JUSTIFICACIÓN Y SI ELLO RESPONDE A LA UTILIZACIÓN DE ALGUNA
PLATAFORMA DE TELETRABAJO.
En la mañana de hoy, lunes 6 de abril, el personal de la Administración de Justicia de la Región de Murcia, estamos recibiendo por distintos medios (whatsap, correo electrónico, o incluso de viva voz) la petición por parte de nuestros respectivos LAJ de datos personales (nombre, dni, número de teléfono móvil, dirección de correo electrónico de justicia.es) y sin más explicaciones que lo pide el TSJ o lo pide el ministerio o es para el teletrabajo,…
A pesar de las muchas instrucciones, resoluciones, acuerdos de las diferentes instituciones que participan de la Administración de Justicia (TSJ, Secretaría de Gobierno, CGPJ…) en las que se habla del teletrabajo, no existe ninguna procedente del único competente en materia de personal y de organización del trabajo, es decir del Ministerio de Justicia a quien, incluso CCOO y el resto de sindicatos presentes en la mesa sectorial, le hemos conminado por escrito a negociar inmediatamente “….la implantación de cualquier plan de acceso remoto desde el domicilio o sistema de teletrabajo en lo que concierne a los cuerpos funcionariales de Letrados/as de la Administración de Justicia, Médicos Forenses, cuerpos generales de la Administración de Justicia y cuerpos especiales del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses,… ya que estos sistemas de trabajo no pueden ser implantados unilateralmente por la administración ni pueden ser ordenados por los órganos de gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia ni otros organismos sin competencias en la determinación de las condiciones de trabajo del personal funcionario…” sin haber obtenido respuesta alguna hasta la fecha.
No sabemos, puesto que nada se nos ha dicho, si esa recogida de datos personales tiene relación con la Circular 1/20 de la Secretaría de Gobierno del TSJ de Murcia, de 26 de marzo sobre “Teletrabajo: Pautas procesales, técnicas y organizativas a seguir por trabajo a distancia durante la crisis sanitaria COVID-19 en la Región de Murcia”, la que, según dice, va dirigida directamente a los LAJ, a quienes recuerda que, junto a los jueces, cuentan con dispositivos portátiles SURFACE securizados que permiten acceso a las principales aplicaciones y al mapa del asunto derivado del SGP Minerva, y que incluso se permite el Acceso Remoto Seguro a través de la solución tecnológica CITRIX Workplace (https://espaciodigital.justicia.es/) para llevar a cabo el trabajo a distancia, pero también dirigida “indirectamente” a los GP y TP… "en lo que se refiere a la gestión, procesamiento y notificación de resoluciones o minutas remitidas.” y aunque dicha Circular parece más dirigida a llevar a cabo actuaciones no esenciales en este estado de alarma, no es menos cierto que también prevé la extensión del llamado Teletrabajo-Tipo 3 a los cuerpos generales (vid. Circular).
Sea así o no, desde CCOO entendemos que el TSJ o la Secretaría de Gobierno, se arroga unas competencias que no le corresponden, pretendiendo imponer la modalidad de teletrabajo sin la más mínima regulación por quien sí tiene la competencia para ello, esto es el Ministerio de Justicia que, previamente, deberá negociar con los representantes de todos los trabajadores de la Administración de Justicia (LAJ y personal de los cuerpos generales y especiales) la organización de ese teletrabajo que repercute directamente en las condiciones laborales de los mismos.
CCOO ha venido reclamando al Ministerio de Justicia, con carácter general, para atender los servicios esenciales, la disponibilidad o el teletrabajo. Pero, en éste último caso, EXIGIMOS la negociación previa de dichas condiciones, la aplicación de la normativa europea, que se respete el carácter voluntario de la misma, la previa dotación de los equipamientos necesarios por la Administración de tal modo que no pueda suponer coste alguno para el personal como así se ha hecho con otros colectivos y que se garantice la protección de datos de los usuarios; también se ha de garantizar la protección de los datos jurídicos frente a los posibles ataques de hackers en los propios dispositivos personales…
Las dudas que genera tal situación y a las que nadie está respondiendo son tan simples como ¿es obligatorio? ¿Y si no tengo internet en mi domicilio? ¿y si no tengo ordenador personal o éste es obsoleto para hacer frente a esta tecnología? ¿Y si no tengo instalado un antivirus en mi smartphone o en el ordenador?...
CCOO EXIGE AL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL TSJ-MU QUE ANULE esa comunicación y que se abstenga de acordar ninguna cuestión relacionada con las condiciones laborales del personal y que no utilice los datos que los LAJ muy diligentemente vienen recogiendo del personal de los cuerpos generales, y EXIGIMOS AL MINISTERIO DE JUSTICIA que deje sin efecto esa comunicación y se reúna de inmediato con los sindicatos de la mesa sectorial para negociar las condiciones en que podremos prestar nuestra labor con todas las garantías en la modalidad de teletrabajo.
El Ministerio de Justicia no puede hacer dejación de sus funciones organizativas, y reclamamos que se dé seguridad jurídica al personal de la Administración de Justicia Imprimir artículo