CCOO presenta numerosas propuestas al Consejo de la Mugeju, para defender a las miles de personas mutualistas y la recuperación de la democracia en Mugeju


1 dic 2020





  • Convocada nueva reunión del Consejo General de Mugeju para el próximo 3 de diciembre, órgano de control y vigilancia de la gestión de la Mutualidad, establecido en el RD 96/2019, impuesto, en marzo de 2019, por la anterior ministra de Justicia unilateralmente y que abolió la democracia y la participación de las miles de personas mutualistas.


Esta norma, que CCOO ha combatido, combate y combatirá, ha dejado al casi 75 % de los que sostenemos la Mutualidad (cuerpos generales y especiales) con una representación inferior al 43 % en el Consejo General e inferior al 19 % en la Comisión rectora, y ha liquidado la elección directa de sus representantes (ver tabla comparativa de representación entre la norma anterior derogada por la ministra de Justicia y el RD 96/2019: Tabla comparativa de representación por cuerpos en Mugeju entre la norma derogada yel RD 96/2019 ).

CCOO PRESENTA NUMEROSAS PROPUESTAS (todas las propuestas de CCOO en: Propuestas de CCOO al Consejo de Mugeju del 3 de diciembre 2020) AL CONSEJO DE MUGEJU, PARA DEFENDER A LAS MILES DE PERSONAS MUTUALISTAS ANTE LAS ENTIDADES MÉDICAS (EEMM) QUE, EN LOS MOMENTOS MÁS DUROS, COMO LA PANDEMIA, HAN PUESTO SUS INTERESES POR ENCIMA DEL DE LAS PERSONAS.

Entre las propuestas, que CCOO hemos presentado, a la Presidenta del Consejo de Mugeju, destacamos que exigimos a las EEMM el respeto a los derechos de las personas mutualistas en la asistencia médica en caso de Covid y el abono de prestaciones económicas. CCOO exige además que se denuncie a las EEMM por su intolerable actuación durante la pandemia.

Asimismo, CCOO reclamamos que, en la elaboración del concierto sanitario para el año 2022 y años venideros, se atiendan propuestas imprescindibles para su mejora, mediante la participación de las y los representantes de mutualistas. Así como que las personas pensionistas de Mugeju dejen de ser discriminados en el abono de las recetas en relación con los de la Seguridad Social.



Resumen de las propuestas que CCOO ha presentado para el debate en este Consejo de Mugeju: 

1.- PROPUESTA SOBRE ASISTENCIA MÉDICA EN CASO DE COVID PARA MUTUALISTAS Y BENEFICIARIOS DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL Y ABONO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS 

Demandamos que se informe de forma clara en la página web de la Mugeju, no mediante enlaces a documentos, que a los y las mutualistas y sus beneficiarias y beneficiarios adscritos a EEMM que, por presentar síntomas de Covid se les haya prescrito una prueba PCR o test de antígenos, si ésta no es realizada por los servicios adscritos a la EEMM correspondiente en las 24 horas siguientes desde la solicitud de su realización, se considerará denegación injustificada de asistencia, por lo que podrán hacerse la prueba en cualquier otra entidad y cursar su abono a la EEMM correspondiente, bien directamente bien a través de la oportuna Comisión Mixta Provincial de la Mugeju, asegurándose de antemano por la Mugeju el pago a la persona afectada del importe de la prueba. 

CCOO demanda, entre otras reclamaciones sobre la asistencia médica en caso de Covid, que Mugeju exija a las EEMM la realización de un test de antígenos o PCR con resultado negativo a los y las mutualistas activos que, habiendo sido diagnosticados de Covid-19, deban incorporarse a la actividad laboral tras el periodo de aislamiento o recuperación, cuando así lo dispongan las autoridades sanitarias del Gobierno Central o de la Comunidad Autónoma en que resida el o la mutualista. 

Que por la Mugeju se establezca una ayuda para el abono de las pruebas PCR que se hagan voluntariamente las y los mutualistas activos que hayan sido diagnosticados de COVID sin que hayan precisado de ingreso hospitalario, para los casos en que se produzca el alta médica para reincorporarse a la actividad laboral sin la realización de una prueba previa PCR conforme los criterios establecidos por la Comunidad Autónoma correspondiente. 

Que se exija a las EEMM el cumplimiento de lo dispuesto en el documento “ESTRATEGIA DE DETECCIÓN PRECOZ, VIGILANCIA Y CONTROL DE COVID-19” elaborado por el Ministerio de Sanidad, en todo lo relativo a la Atención Primaria y asistencia médica. 

CCOO exige que este Consejo realice una denuncia a la mayoría de las EEMM, que, en vez de constituirse en defensores de los derechos de las personas mutualistas en relación con el Covid, han constituido un obstáculo y han impedido la realización de las pruebas PCR a las personas mutualistas y beneficiarias que lo necesitaban. 

2.- PROPUESTA SOBRE ELABORACION DEL CONCIERTO SANITARIO PARA EL AÑO 2022 Y AÑOS VENIDEROS 

CCOO exige que por el Consejo General de la Mutualidad General Judicial se rechace que, como ocurrió en los años 2013 y 2017, se suscriba un nuevo Concierto que pueda conllevar recortes en prestaciones y medios por parte de las Entidades de Seguro, sin mejora alguna a favor de los mutualistas, y todo ello sin dar cuenta ni permitir la participación de los y las representantes de los y las mutualistas en su elaboración, propuesta o informe. 

3.- PROPUESTA SOBRE CARTA DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS BENEFICIARIOS Y LAS BENEFICIARIAS DE LA MUGEJU ANTE LAS EEMM. 

Dicha carta debe recoger lo dispuesto en el Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina (Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina), hecho en Oviedo el 4 de abril de 1997; la Carta Europea de los Derechos de los Pacientes, hecha en Roma en noviembre de 2002; la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica; la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás normativa de aplicación. 


4.- PROPUESTA SOBRE APORTACIONES POR RECETA MEDICA A LOS Y LAS PENSIONISTAS DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL 

CCOO exige que el Consejo General de la Mutualidad General Judicial denuncie el trato discriminatorio que sufren nuestros y nuestras pensionistas y sus beneficiarios y beneficiarias, que tiene que aportar con carácter general un 30 % del precio del medicamento cualquiera que sea su nivel de renta, sin límite máximo de aportación mensual, lo que puede poner en riesgo la salud de muchos y muchas pensionistas que no pueden afrontar el pago de medicamentos precisamente cuando por sus circunstancias de edad y estado de salud más lo requieren. 


5.- PROPUESTA DE DESARROLLO NORMATIVO DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL Y PERMANENTE DE LOS Y LAS MUTUALISTAS 

  • Regulación sobre la expedición de los modelos de partes médicos de baja por incapacidad temporal, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, partes de confirmación, periodicidad de su expedición en todos los supuestos, y alta. Competencia para la aprobación y modificación de dichos modelos. Tramitación electrónica de los mismos. 
  • Competencia y procedimiento para el reconocimiento, control y seguimiento de la incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. Posibilidad de revisión de altas. 
  • Competencia y procedimiento para la determinación y revisión de las contingencias, comunes o profesionales, que dieron lugar a la incapacidad, y reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio conforme el art. 59.2 del Reglamento del Mutualismo Judicial 
  • Competencia y procedimiento para la declaración de jubilación por incapacidad permanente o por reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de las funciones de su cuerpo o escala, derivada de una situación de incapacidad temporal, incluyendo la coordinación de las actuaciones de la Mutualidad General Judicial y las del órgano de jubilación conforme el art. 83.1 Reglamento del Mutualismo Judicial, así como la revisión de la incapacidad permanente que pudiera dar lugar a la modificación del grado de incapacidad. 


6.- PROPUESTA SOBRE COMPOSICIÓN Y FORMA DE ELECCION DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL Y DE LA COMISIÓN RECTORA 

CCOO reitera que el Consejo General de la Mutualidad General Judicial debe instar al Gobierno de la Nación a modificar el Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial, en lo relativo a la composición y sistema de elección de los miembros del Consejo General de la Mutualidad General Judicial y de la Comisión Rectora, a fin de que todo el colectivo de mutualistas esté representado democráticamente y en condiciones de igualdad en dichos órganos, sin privilegio alguno, y para que los y las mutualistas puedan elegir a quienes les representen ante dichos órganos. 

Enlaces a algunas de las actuaciones que CCOO hemos venido realizando, desde la aprobación del Real Decreto 96/2019, para combatirlo, norma que eliminó la democracia y la participación de las miles de personas mutualistas en la gestión y control de Mugeju:

 






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