Toma de posesión de los opositores aprobados del turno libre en la Región de Murcia


17 mar 2017



TOMA DE POSESIÓN DE LOS OPOSITORES APROBADOS DEL TURNO LIBRE DE GESTIÓN, TRAMITACIÓN Y AUXILIO JUDICIAL

Ante las numerosas consultas que estamos recibiendo, exponemos algunas circunstancias que tienen que tener en cuenta los/as opositores/as que van a tomar posesión en la Región de Murcia a partir del día 31 de marzo, fecha de publicación en el BOE de las adjudicaciones de destino.

1º.- El plazo para tomar posesión es de 20 días HÁBILES, por lo tanto, empieza contar desde el día 3 de abril, según la nueva Ley de Procedimiento Administrativo.

2º.- Antes de ir al Órgano Judicial, hay que ir a la Gerencia Territorial de Justicia de Murcia, sita en C/Santa Catalina, 4 3ª planta 30004-Murcia. Hay que llevar el DNI, el número de IBAN de la cuenta donde se quiere cobrar la nómina, modelo 145 de Hacienda (optativo), y hacer la declaración de incompatibilidad.

3º.- Dirigirse al Órgano Judicial a tomar posesión; allí habrá cuatro ejemplares de la toma de posesión, que se deben firmar por el letrado de la AJU, de los que habrá que remitir dos originales a Gerencia por correo; otra copia es para el expediente personal, y la otra para el interesado.

4º.- MUGEJU. Una vez hecha la toma de posesión, se tiene que rellenar el impreso de la MUGEJU de alta, (hay que poner el número de la Seguridad Social), y acompañar a dicho formulario una copia de la toma de posesión y del DNI, y remitirlo (bien personalmente, bien por correo) a la Delegación Provincial de Mugeju en Murcia, sita en Ciudad de la Justicia, Fase I, 4ª Planta, CP 30011.

En dicho formulario hay que poner la opción de recibir la asistencia sanitaria bien a través del INSS, o bien a través de una compañía privada de las que tienen concierto con Mugeju y que se citan en ese documento.

Hay que solicitar talonarios de recetas y en su caso, partes de baja a la Mugeju, y se puede realizar a través de la página web de Mugeju

PERSONAL INTERINO

El personal interino cuya plaza sea cubierta por un titular, cesará el mismo día de la toma de posesión del titular. Si no han disfrutado de las vacaciones o permisos correspondientes no podrán reclamarlos.

RECONOCIMIENTO SERVICIOS PREVIOS

Tod@s aquell@s que hayan prestado servicios en cualquier administración, sea la que fuere (también Justicia), y quieran que se les compute dicho tiempo trabajado a efectos de antigüedad, deben solicitar el reconocimiento de servicios previos. Para ello es necesario una certificación de la administración donde se hayan prestado dichos servicios y rellenar un formulario. Imprimir artículo