En dicho Real Decreto se establece claramente en su Anexo II (Personal de la Administración de Justicia) que "del total de plazas que se convocan, el 50 % se reservan para su provisión por promoción interna, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial"
Por tanto, con independencia de cuando se realice la convocatoria del proceso selectivo 2015, el Ministerio no puede contravenir lo establecido en el Real Decreto 196/2015 por el que se aprueba la OEP para el año 2015.
De la información recabada por CCOO, parece deducirse que el Ministerio de Justicia tiene claro que la entrada en vigor de la reforma de la LOPJ no puede afectar a lo establecido en el citado Real Decreto.